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Resolución de la Asamblea que otorgó amnistías recibe su primera acción de protección; en Quito se anuncian marchas de rechazo al accionar del Legislativo

Secuestro, sabotaje, terrorismo, rebelión, paralización de un servicio público fueron parte de los delitos cuyos procesados fueron amnistiados por la Asamblea.

Quito. 12/03/2022. Parte de los amnistiados por la Asamblea estaban siendo procesados por hechos violentos y de destrucción que ocurrieron en octubre de 2019. En la foto se muestran los alrededores de la Contraloría, en Quito, luego de las protestas sociales. Santiago Molina/EL UNIVERSO Foto: El Universo

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Con la finalidad de echar abajo la aprobación de amnistías dadas por la Asamblea Nacional, Andrés Páez, la madrugada de este sábado 12 de marzo, presentó una acción constitucional de protección y de medidas cautelares. La acción iría en contra de lo que Páez define como actos violatorios de la resolución con la que el Legislativo, la madrugada del jueves último, otorgó “amnistías indiscriminadamente”.

La acción de protección fue presentada en el juzgado de turno ubicado en la Fiscalía de Pichincha, en el norte de Quito, y acompañaron al exlegislador los abogados Alfonso López Jaramillo y Germán Vega.

Se entregaron amnistías indiscriminadamente a personas, entre ellas, a un grupo de terroristas que sembraron el caos en el Ecuador durante octubre de 2019. Estamos aquí para dar respuesta a ese clamor ciudadano de que esta barbaridad no tome curso y que no se concrete. No vamos a cesar en nuestro esfuerzo de impedir un despropósito de esta naturaleza en defensa de la dignidad de los ecuatorianos”, señaló Páez.

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Aprobación de las 268 amnistías fue condicionada por el correísmo a la inclusión de Pabón y Hernández

La medida constitucional fue interpuesta horas después de que representantes de diversos colectivos de Quito anunciaron que la siguiente semana plantearían una acción similar en contra de la resolución que concedió amnistías a 268 ciudadanos.

Milton Castillo indicó que optarán por esa vía constitucional, la cual adelantó no será la única, pues de acuerdo con lo que establece la Constitución es una garantía rápida, eficaz para evitar que un acto de la Administración pública atente contra los derechos fundamentales de los ciudadanos de Quito. Se indicó que en mayo próximo se iniciaría con el proceso de revocatoria del mandato de los legisladores de Quito y Pichincha que apoyaron la aprobación de estas amnistías.

“Nosotros estamos en contra de que se den amnistías sin haber analizado caso por caso, porque no es lo mismo un ciudadano que tumba un árbol, a pesar de que se dicen pachamamistas y protectores de la naturaleza, a juzgar a aquellos que encabezaron actos de terrorismo, de secuestro, de extorsión, es decir, delitos de lesa humanidad”, explicó.

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La prefecta de Pichincha, Paola Pabón; el dirigente de la Revolución Ciudadana (RC), Virgilio Hernández (c); y el integrante de la RC Christian González fueron llamados a juicio por el delito de rebelión ocurrido en octubre de 2019. (API)

Por su parte, Páez refirió que la acción de protección no será la única medida que tomen contra lo resuelto por la Asamblea. Adelantó que desde la próxima semana se realizarán marchas de protesta con banderas negras, porque Quito y el Ecuador están de luto. “Esto es para que se siente un precedente contra estos sátrapas que están jugando con la conciencia cívica del país y que además pretenden ultrajar la dignidad de todos los ecuatorianos”.

El constitucionalista Ismael Quintana piensa que la acción de protección, si bien es una de las herramientas por utilizar en este caso, no es la vía adecuada para impugnar esta resolución de la Asamblea. Él cree que sería más efectiva una demanda de inconstitucionalidad que se la presente ante la Corte Constitucional (CC).

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Para Quintana, difícilmente se va a lograr bajar esto a través de una acción de protección, porque se trata de un acto de carácter general. Pese a que reconoce que la jurisprudencia de la CC ha señalado que en el tema de la acción de protección no importa el tipo de acto o la naturaleza jurídica del acto que se impugne, sino que simplemente se violen derechos, el gran problema es que si se presenta una acción de protección contra una resolución de amnistía va a tener problemas de legitimación activa.

Acciones constitucionales aparecen como las herramientas para revertir amnistías que no cumplirían con la Constitución

“Cuando uno presenta una acción de protección, el que presenta la acción de protección es el afectado, el violado en sus derechos fundamentales que se alega, pero en este caso la amnistía es por hechos y estos hechos son generales. Entonces ahí vamos a tener un problema de legitimación activa que no se presentaría con la acción de inconstitucionalidad”, aclaró el constitucionalista.

En cambio, el también constitucionalista André Benavides sostiene que las amnistías otorgadas contraviniendo prohibiciones constitucionales y legales sí se caen con una acción de protección, debido a la violación jurídica respecto de aquellos casos que fueron más allá de los límites del artículo 120, numeral 3, de la Constitución. Sostiene que la resolución de la Asamblea no es un acto normativo susceptible de una acción pública de inconstitucionalidad.

Entre las personas amnistiadas están la actual prefecta de Pichincha, Paola Pabón, y el parlamentario andino Virgilio Hernández, ambos procesados por el delito de rebelión; así como también el anterior y el actual presidente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas (Conaie), Jaime Vargas y Leonidas Iza, respectivamente, quienes fueron investigados por secuestro, sabotaje, instigación y terrorismo. (I)

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