El expediente que la Asamblea Nacional entregó a la Corte Constitucional (CC) el 24 de marzo, con la calificación de la solicitud de juicio político contra el presidente Guillermo Lasso, contiene todos los elementos requeridos por ley, aseguró el secretario general de la Asamblea, Álvaro Salazar.

Salazar explicó cómo procedió el Parlamento frente al pedido que hizo la jueza constitucional Teresa Nuques, designada el 24 de marzo ponente del juicio político, sobre la resolución adoptada por el Consejo de Administración Legislativa (CAL) el 20 de marzo.

Aclaró que el expediente remitido a la Corte Constitucional el viernes incluyó la solicitud de juicio político, su alcance y completación, y tres resoluciones del CAL (una en la que se avoca conocimiento de la solicitud del juicio, otra en la que se manda a completar el pedido y una tercera en la que se califica la solicitud).

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Juicio político a Guillermo Lasso: Corte Constitucional pide una resolución que la Asamblea Nacional señala no tener en sus registros

La documentación que solicitó la jueza constitucional el sábado debía incluir “todas las peticiones, solicitudes, resoluciones, votaciones y actas de las sesiones” que mantuvo el CAL y en “especial la resolución del 20 de marzo de 2023 y todo el respaldo de las actuaciones que se hayan realizado”.

Al respecto, el secretario de la Asamblea detalló que ese mismo día se respondió a la magistrada con la misma información enviada el viernes (la solicitud de juicio político y las tres resoluciones del CAL) y se añadió una explicación acerca del proceso de reconsideración que hubo en el CAL, sobre la decisión adoptada el 20 de marzo, cuando se calificó y admitió a trámite el juicio político, que al día siguiente se reconsideró por haberse encontrado un error en los artículos del COIP invocados sobre concusión y peculado.

“La reconsideración es, básicamente, cuando el órgano colegiado reflexiona sobre las decisiones que toma, pudiendo, incluso, cambiar de decisión y sustituir una decisión por otra. A 20 de marzo se aprobó una resolución, la número 897. A fecha 21 de marzo, esa resolución, la 897, fue reconsiderada. El efecto jurídico de la reconsideración es la sustitución de la voluntad emitida por el órgano colegiado. Es decir, que la resolución 897, aprobada el 20 de marzo fue reconsiderada a fecha 21 y el texto reconsiderado fue debidamente notificado a la Corte Constitucional, pues esa es la voluntad oficial del Consejo de Administración Legislativa. En ese sentido se le respondió a la jueza”, detalló Salazar.

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CAL da tres días para que se completen requisitos para el juicio político a Guillermo Lasso tras detectarse otro error en la solicitud

El funcionario reiteró que, en respuesta a Nuques, no se completó documentación al expediente, sino que mandó lo mismo del 24 de marzo más la explicación técnica de la reconsideración relacionada con la resolución 897.

“La voluntad (del CAL) emitida el 20 de marzo iba en un sentido. Y la voluntad emitida a 21 de marzo fue en un sentido distinto. Es así como la Ley Orgánica de la Función Legislativa establece que la voluntad que tiene que ser formalmente notificada y emparejada al archivo que lleva la Secretaría General es la voluntad emitida a 21 de marzo, que es la que consta en los registros y que fue debidamente notificada a la Corte Constitucional”, describió el secretario de la Asamblea, la tarde del lunes 27 de marzo.

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El juez constitucional Richard Ortiz elaborará un nuevo proyecto de dictamen para determinar si procede el juicio político a Guillermo Lasso

Este lunes la Corte sesionó de forma extraordinaria para conocer el proyecto de dictamen de admisibilidad del juicio político en contra de Guillermo Lasso que presentó la jueza Teresa Nuques, pero no tuvo el número de votos necesarios para ser aprobado.

Fue así como el pleno de la CC designó al juez Richard Ortiz Ortiz como nuevo ponente del juicio político. El magistrado debe elaborar un nuevo informe de admisibilidad sobre la pertinencia o no del enjuiciamiento al jefe de Estado. (I)



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