Establecer montos diferenciados para los once procesados considerando su participación en el delito de delincuencia organizada es lo que determinaron los jueces Walter Macías, Adrián Rojas y Mauricio Espinosa, el viernes último, en su sentencia unánime de primera instancia con la que se condenó como culpables a todos quienes llegaron a la etapa de juicio en el caso Las Torres.

El Tribunal de Juicio de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) resolvió que entre los diez de los once acusados, de forma diferenciada, debían completar el pago de una indemnización de $ 1′300.000.

Caso Las Torres: excontralor Pablo Celi y el exgerente de Petroecuador Pablo Flores son condenados a 13 años y cuatro meses de cárcel

La decisión se dio pese a que la fiscal Diana Salazar solicitó que se pague una reparación integral a favor de la Procuraduría General de $ 4 millones, los cuales, desde su perspectiva, tenían que ser cancelados de manera proporcional por todos los partícipes de la infracción, a excepción de Martha Barrezueta, por su calidad de cooperadora eficaz.

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Macías como presidente del Tribunal explicó en la lectura de la sentencia que la actividad de la “organización criminal” estaba alentada por la posibilidad de tener mayores beneficios económicos.

Según el fallo de los jueces, los medios de la estructura para concretar objetivos y alcanzar el fin fue la planificación y ejecución de delitos de concusión y lavado de activos. “En el caso hemos podido observar que los integrantes asumieron y desempeñaron una variedad de funciones o tareas diferenciadas. La estructura con jerarquía tradicional tenía en el mando altos funcionarios del Estado y operaba de forma coordinada temporal en el desvanecimiento de glosas, así como el pago de planillas que adeudaba la empresa pública Petroecuador”.

El Tribunal condenó como líderes de la organización al excontralor Pablo Celi y al exgerente de Petroecuador Pablo Flores. A los trece años y cuatro meses de prisión se le sumaron el pago a cada uno de una indemnización de $ 250.000, una multa de 150 salarios básicos unificados (SBU) ($ 67.500) y la suspensión de los derechos políticos durante el tiempo que dure la sentencia.

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Celi y Flores fueron sentenciados como autores de acuerdo con el inciso primero del artículo 369 del (Código Orgánico Integral Penal (COIP). El Tribunal dijo: “Tenemos presente la posición institucional de Pablo Celi y Pablo Flores, así como que el aprovechamiento de sus cargos implicó una afectación a la naturaleza institucional de sus funciones. Circunstancias que no solo les permitió tener beneficios indebidos, sino incidir de forma negativa en la institucionalidad del Estado”.

En el análisis de la Sala Penal de la CNJ se explica que los integrantes de la organización mantenían reuniones, comunicaciones, chats, esto les permite establecer que existía conexión entre ellos y además una continuidad temporal de la estructura desde 2017 hasta 2020. Por todo lo expuesto en audiencia por la Fiscalía, el Tribunal declaró la materialidad de la infracción y la responsabilidad de los procesados.

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Para los nueve sentenciados como autores, pero en el grado de colaboración, respecto al numeral 2 del artículo 369 que habla de delincuencia organizada, el Tribunal ordenó que pague cada uno de ellos una indemnización de $ 100.000. Del pago de esa indemnización el Tribunal sacó a Martha Barrezueta, quien se acogió a la figura de cooperación eficaz y no solo se le definió el pago de $ 788 como multa, sino el cumplimiento de una pena reducida de seis meses de cárcel.

La Fiscalía, mediante la presentación de 55 pruebas, demostró que en el escenario de colaboración se ubicó a Natalia Cárdenas, Mauricio Orellana, Esteban Celi, Álvaro de Guzmán, Silvia López, Ángelo Rodríguez, Andrés Luque, Adolfo Agusto Briones y Martha Barrezueta.

Pese a que estos nueve procesados son señalados como colaboradores, el Tribunal de forma unánime dispuso que al existir la agravante de ser servidores públicos, los exfuncionarios de Petroecuador Natalia Cárdenas y Mauricio Orellana deben recibir una sentencia de nueve años y cuatro meses de prisión y pagar como indemnización una multa de 30 SBU ($ 13.500), más los $ 100.000 que cada uno debe indemnizar al Estado como víctima.

Finalmente, la Sala definió para Esteban Celi, De Guzmán, López, Rodríguez, Luque y Briones una pena de siete años de cárcel para cada uno, el pago de $ 100.000 de indemnización y una multa de 20 SBU ($ 9.000).

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Aparte de los $ 1,3 millones definidos como indemnización total a pagar por diez de los once enjuiciados, en multas el caso Las Torres debe recuperar $ 216.788. Una vez que se notifique la sentencia de primera instancia por escrito, las partes podrán plantear los recursos horizontales de ampliación y aclaración, y luego de respondidos, lo sujetos procesales podrán solicitar el recurso de apelación al fallo.

Aún restan por ser llevados a juicio el empresario Pedro Saona, quien fue ya extraditado a Ecuador, y Roy Calero, investigado que se mantiene cómo prófugo de la justicia. Un total de trece personas fueron llamadas a etapa de juzgamiento, pero al no poderse juzgar en ausencia el delito de delincuencia organizada, solo once recibieron el fallo de primera instancia. (I)