A más de ocho años de que el exlegislador Galo Lara recibió una sentencia de diez años de cárcel como cómplice del triple crimen registrado el 4 de agosto de 2011 en una hacienda del recinto Balcerío, en el cantón Quinsaloma (Los Ríos), un Tribunal de Revisión de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) decidió declarar su inocencia y revocar todas las medidas cautelares que pesaban sobre él.

Al escuchar la resolución de inocencia Lara cayó de rodillas en la sala y agradeció a dios en medio de un profundo llanto. Su abogado, Eduardo León, lo levantó en medio de los aplausos de cercanos que presenciaron por cerca de dos horas la audiencia que se dio en la Corte Nacional. En los exteriores del edifico también se celebró la noticia con algarabía, pues hasta allí llegaron para respaldar al exlegislador amigos, seguidores y familiares.

Según el presidente del Tribunal de Revisión, Byron Guillén, los integrantes de la sala resolvieron que la sentencia del 28 de octubre de 2021 dictada por este mismo tribunal, en la que se restituyó el estado de inocencia de Carolina Llanos, tiene efecto extensivo para Galo Lara.

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Para los jueces del Tribunal, por el principio de que lo accesorio sigue la suerte de lo principal, el cómplice no puede sostenerse en el delito si no existe el vínculo que lo une con la autora intelectual a quien se le atribuía que participó en el asesinato.

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Según la sentencia de segunda instancia contra Lara, dijo Guillén, se determinaba que el entonces legislador entregó dinero a Carolina LLanos para que se cometiera el crimen en Quinsaloma. La conducta de participación de Lara de complicidad estaba ligada directamente a los hechos que sirvieron para acreditar la conducta de la ahora inocente Carolina Llanos, pues se indicaba que los dineros que se depositaron en la cuenta de ella fueron los que sirvieron para pagar a los autores materiales de los tres asesinatos.

Para el Tribunal, estos hechos que han sido declarados como no probados en la sentencia respectiva rompieron el vínculo “jurídico y fáctico” que sostenía la responsabilidad de Galo Lara. “Destruida la participación de Carolina Llanos y de Gilbert Llanos (en el caso), la responsabilidad atribuida a Galo Lara en calidad de cómplice quedó también sin sustento”, apuntó Guillén.

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Los jueces nacionales Guillén (ponente), Adrián Rojas y la conjueza Mercedes Caicedo integraron el Tribunal de Revisión, al que le tomó cerca de media hora el deliberar y llegar a la conclusión de la inocencia de Lara. El pedido de Lara tuvo la oposición del representante de Fiscalía y de la defensa de las víctmas en este caso, pues aseguraron que no era procedente la extensión del beneficio al exlegislador.

Guillén, Rojas y Caicedo aplicaron en este caso el beneficio contenido en el artículo 327 del Código de Procedimiento Penal, vigente en el momento de los hechos investigados, que señala que “cuando en un proceso existan varios coacusados, el recurso interpuesto por uno de ellos beneficiará a los demás, siempre que la decisión no se funde en motivos exclusivamente personales”.

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En diciembre de 2012, el entonces legislador por la provincia de Los Ríos fue declarado inocente en esta causa; pero en 2013, en audiencia de apelación, la Fiscalía dirigida por Galo Chiriboga consiguió que se sentenciara a Lara a diez años de cárcel como cómplice de los asesinatos.

El Ministerio del Interior de Ecuador publicó fotos del proceso de extradición del exasambleísta Galo Lara, condenado a 10 años de prisión por el crimen de Quinsaloma. Se anunció que llegará a Latacunga a las 17:00 de este viernes.

Las sentencias de la Corte Nacional a favor de los hermanos Llanos, Gilbert y Carolina, fueron parte de los argumentos que presentó la defensa de Lara en la audiencia de revisión. Lara, quien fue traído a Ecuador desde Panamá luego de que se le revocó el asilo que solicitó, presentó el recurso ante la CNJ luego de que los hermanos Llanos, acusados por el propio Chiriboga como cómplice y autor, fueron declarados inocentes.

Carolina Llanos era pareja de Lara en el momento del procesamiento, y ambos participaron de forma presencial de la audiencia dada la tarde de este miércoles en la Corte Nacional.

Un tribunal de la CNJ resolvió en torno a Gilbert Llanos, en junio de 2020, la inocencia, pues no se había justificado dentro del proceso que él hubiera actuado con intención de hacer daño o dolo.

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Mientras tanto, de Carolina Llanos, en septiembre pasado, este mismo Tribunal de Revisión aclaró en su resolución que al declararse la inocencia de su hermano se dejaron sin sustento las razones que en su momento acreditaron la responsabilidad de Carolina. “No se ha comprobado conforme a derecho la responsabilidad de Carolina Llanos en el delito por el cual se le condenó”, apuntaron los jueces de revisión.

Con la decisión, Galo Lara dejará de presentarse periódicamente ante la autoridad competente como parte de la prelibertad de la que se benefició al cumplir el 41 % de la pena en este caso, desde mediados de 2018.

Con pancartas y gritos de aliento fue recibido en los exteriores del edificio de la CNJ Lara. Él les gradeció por el apoyo, se abrazó con varios de sus seguidores y se marchó del lugar asegurando que se hizo justicia. (I)