Los pedidos de pagos extorsivos es una práctica que se ha vuelto común entre las bandas delictivas, para financiar sus actividades ilícitas. Entre estas se encuentra la denominada ‘vacuna’, originaria de Colombia, que se empezó a conocer en Ecuador principalmente en sectores populares de Guayaquil, pero que ahora se ha extendido.

Desde el 2017 hasta el 2021 los casos de extorsión aumentaron en el 86 %, pues en ese periodo pasaron de 1.504 a 2.796, según las estadísticas de la Fiscalía General del Estado. Ahí constan las extorsiones tentativas y las consumadas. Estas últimas representan la mayoría (más del 80 %).

De enero a julio del 2022 se han presentado 3.376, más del doble de lo registrado en ese mismo periodo en el 2021. La mayoría (73 %) corresponde a extorsiones virtuales, especialmente en Pichincha y Guayas.

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Las extorsiones virtuales, en su mayoría hechas por WhatsApp y de números extranjeros, provienen de centros penitenciarios de Colombia, Venezuela y Ecuador.

En los casos de extorsiones a través de dispositivos tecnológicos, cuyo uso se volvió masivo por el confinamiento de las familias tras la pandemia de COVID-19, los expertos recomiendan “mantener la calma y no contestar números que no correspondan a su agenda telefónica”.

Reportar una llamada extorsiva es necesario, porque permite dimensionar no solo en cifras ese delito en el país, sino, también, ubicar las zonas más afectadas, determinar el ‘modus operandi’ e identificar a los delincuentes o bandas organizadas, que han hecho que en los últimos años se disparen las cifras de extorsiones en el país.

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La extorsión más peligrosa es la común, que representa el 27 % de los casos y en la que incluye la ‘vacuna’.

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Qué hacer ante estas amenazas:

Una de las claves es mantener la calma y no dejarse llevar por el miedo. En el caso de que las amenazas y extorsión sea por vía telefónica, puede tomar las siguientes medidas:

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Anote los datos que le están ofreciendo en la llamada, si existe forma, coloque la llamada en altavoz y con ayuda de otro celular, grabe la llamada en curso. De esta forma, posteriormente podrá notar inconsistencias en la información y confirmar que se trata de una estafa.

- No dé ofrecimientos de pago o transacciones automáticas por bancas web y en tiempo real. Excúsese de que no está disponible en este momento (tiene una reunión de trabajo, está en clases o algún lugar, indispuesto, etc).

Comuníquese inmediatamente al 911 y pida asistencia a la Unidad Nacional de Investigación Antisecuestros y Extorsión (Unase), con los datos recolectados, podrán resolverlo de mejor manera.

También puede valerse de Truecaller, una herramienta que sirve para identificar los números ocultos o desconocidos que nos llaman. De esta manera, cada vez que alguien que no esté en su agenda y lo llame, la app identificará quién llama. Esto sirve tanto para los números ocultos o privados como para las llamadas abiertas de otras empresas que no sepas quienes son.

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Puede denunciar los casos de extorsión ante la Fiscalía, en el edificio La Merced, ubicado en Córdova y Víctor Manuel Rendón, donde hay atención de 08:00 a 17:00. Además, en el Cuartel Modelo (avenida de las Américas) está la Fiscalía de flagrancia, que atiende las 24 horas, los siete días de la semana.

Para presentar la denuncia, el ciudadano debe llevar su cédula de identidad y narrar todo lo sucedido. Este procedimiento es totalmente gratuito y no necesitará abogado.

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Sanciones

El artículo 185 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona la extorsión. Allí se indica que: “La persona que con el propósito de obtener provecho personal o para un tercero, obliga a otro con violencia o intimidación a realizar u omitir un acto de negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio, será sancionado con una pena de 3 a 5 años”.

No obstante, hay situación de agravantes por las cuales la sanción puede ampliarse de cinco a siete años. Estas son:

- Si la víctima es una persona menor de 18 años, mayor a 65 años, embarazada, alguien con discapacidad o que padezca enfermedades que comprometan su vida.

- Si el delito se da con la intervención de alguien con quien la víctima mantiene relación laboral, comercio u otra similar o con una persona de confianza o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

- Si el constreñimiento se ejecuta con amenaza de muerte, lesión, secuestro o acto del cual pueda derivarse calamidad, infortunio o peligro común.

- Si se comete total o parcialmente desde un lugar de privación de libertad.

- Si se comete total o parcialmente desde el extranjero. (I)