Nuestro invitado

Cerca de 30 países, que representan un poco más del 40 % de la población mundial, viven bajo un régimen federal. Estados Unidos, Canadá, Rusia, Bélgica, Alemania, Suiza, Nigeria o Pakistán tienen esta forma de organización territorial del poder. Usualmente son los países con territorios extensos los que han acogido este sistema, pero también el federalismo ha sido adoptado en contextos posconflicto, como en Bosnia, República Democrática del Congo o Sudán, como mecanismo para reordenar un país previamente unitario que ha pasado por una grave conmoción nacional.

En todo caso, es generalmente aceptado que un gobierno federal debe tener los siguientes elementos estructurales: por lo menos dos sistemas de gobierno, uno para todo el país, la Federación y otro para las regiones o estados que la conformen; una Constitución federal, con validez en todo el ámbito de la Federación y que regule las instituciones políticas centrales, así como constituciones para cada una de las regiones o estados federados; un sistema bicameral, con una Cámara Alta y una Cámara Baja, que permita abrir canales de participación, colaboración y cooperación, tanto legislativa como administrativamente, entre la Federación y los Estados Miembros; una Corte Constitucional que interprete el Texto Fundamental de la Federación y resuelva los conflictos competenciales que pudieran surgir entre ambos; y, finalmente, tanto la Federación como los Estados Miembros deben tener la capacidad para recaudar tributos que les permitan asumir eficientemente las nuevas competencias que les serán asignadas.

Pero no nos adelantemos. Para instituir en el Ecuador el federalismo –como instrumento eficaz para consolidar desde el constitucionalismo democrático un proyecto ineludible y necesario en situaciones posconflicto como las recientemente vividas– se necesita de una Asamblea Constituyente y en las condiciones actuales en las que nos encontramos sería inviable. No obstante, lo que sí procedería sería reforzar el proceso autonómico que se inauguró en Montecristi. Al efecto, siguiendo la línea conceptual propuesta por Gabriela Calderón, yo propondría una enmienda constitucional mediante un referéndum solicitado por la ciudadanía con el respaldo de al menos el 8 % de las personas inscritas en el registro electoral. Lo que se buscaría con este procedimiento sería suprimirle competencias al gobierno central y transferírselas de forma irrevocable a los municipios, obviamente con sus correspondientes recursos, pero además, reformar el art. 271 de la Constitución en el sentido de que los gobiernos autónomos descentralizados participen de al menos el 50 % de los ingresos permanentes (tributos), en vez del 21 % actual y de un monto no inferior al 30 % de los no permanentes (petroleros), en vez del 10 % que reciben actualmente, pero con la diferencia que estas asignaciones se hagan mediante transferencias directas a las cuentas de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) sin pasar por la cuenta única del tesoro; y, además, que puedan recaudar tributos directamente para poder administrar las competencias nuevas que les sean transferidas.

Afiancemos entonces el proceso autonómico a través de un referéndum. Y una vez reformada la Constitución y habiendo conseguido la madurez política y ciudadana de administrar correcta, eficiente y pulcramente estas nuevas competencias y recursos, iniciar de manera indetenible el proceso para convertir el Ecuador en un Estado Federal. (O)