Cooperativas de taxis, al momento están enfrentando los problemas de la implementación de la facturación electrónica dispuesta por el SRI.

Por mi actividad profesional (contador e ingeniero comercial), colaboro con cooperativas de taxis, conozco el tema. Dicho proceso conlleva una serie de complicaciones, ya que la normativa tributaria aplicable al sector del taxismo es confusa, en unas partes les dicen que están exentos de la obligación de facturar electrónicamente, y en otras les recuerdan facturar a partir de los $ 4, y que deben realizarlo a través del uso de un taxímetro digital que tiene que contar con la autorización de la Agencia Nacional de Tránsito. Mas ocurre que hasta la presente fecha la ANT no ha elaborado el reglamento correspondiente a la implementación del taxímetro digital, que permitiría cumplir la facturación del servicio prestado por los taxistas. Preguntas: ¿Cómo pretende la administración tributaria que los taxistas cumplan con la obligación de facturar electrónicamente si no cuentan con la aprobación del taxímetro digital? ¿Han considerado las autoridades que el gremio del taxismo ha sido uno de los más golpeados por los efectos de la pandemia de COVID–19 y que, por tanto, no estarán en capacidad de cubrir los costos que implica la facturación electrónica como son el valor de la aplicación, la firma electrónica, del servicio de internet con un buen ancho de banda? ¿Está consciente la autoridad tributaria de que no todos los taxistas manejan bien la tecnología en los teléfonos celulares?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) debería reconsiderar, obligar a los taxistas a facturar electrónicamente por no contar con todas las herramientas para realizar dicha obligación o, en el mejor de los casos, establecer un pago único como es el impuesto a la renta. (O)

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Luis Felipe Vizuete Santos, ingeniero comercial y contador público, Guayaquil