Eso le ocurre al Gobierno cada vez que le hace una propuesta a la Asamblea, sea de leyes, sea de ternas para la elección de importantes funcionarios; así, el país está paralizado, y no se vislumbra un cambio de actitud por parte de la Asamblea; todo lo contrario, el conflicto se agudiza día a día. Cuatro bloques que se unen para hacer oposición, sin que se sepa quién será el beneficiario, si lo hay. Cuatro bloques que anuncian que no apoyarán la megaley y, en lugar de negarla directamente –y tienen los votos para hacerlo–, le encargan al CAL (Consejo de Administración Legislativa) enredarla con argumentos de inconstitucionalidad, para lo que no está facultado, y estos mismos bloques le piden al Gobierno someter este proyecto de ley a consulta popular, cosa que no les corresponde. A los que han decidido actuar de pared y todo bloquearlo, les cayó como anillo al dedo el escándalo internacional de los Pandora Papers; todos los candidatos perdedores vieron la oportunidad de volver a presentarse a elecciones. Si la Asamblea encontrara alguna decisión incorrecta del presidente durante estos cuatro meses en que ha ejercido el poder, deben enjuiciarlo, es su deber, pero volver sobre un asunto que ya fue juzgado por los tribunales electorales, y aceptado por el pueblo ecuatoriano con su voto en las urnas, es un intento sin sentido, porque no puede producir un efecto jurídico válido. Esto demuestra que hay dos poderes, Ejecutivo y Legislativo que, actualmente, no pueden coexistir, y al menos uno tendrá que retirarse. La Asamblea podría destituir al presidente, pero luego de un proceso de enjuiciamiento; el presidente puede, sencillamente, por su sola voluntad, disolver la Asamblea, gobernar mediante decretos hasta que haya un ganador en las nuevas elecciones generales. El artículo 148 de la Constitución concede al presidente de la República la facultad de disolver la Asamblea en tres casos, y solamente para el primero de ellos requiere dictamen favorable de la Corte Constitucional, para el segundo y tercer caso no se requiere de tal dictamen. Esta facultad la conserva para cualquier momento durante sus primeros tres años de gobierno; y no la pierde si decide antes hacer una consulta a la Corte Constitucional sobre la constitucionalidad de la devolución hecha por el CAL del proyecto conocido como la megaley, y, menos todavía, si decide declarar que el proyecto entró en vigencia por el ministerio de la ley. El someter este proyecto a consulta sería peligroso porque sus autores, desviándose del objeto principal de crear empleos mediante sistemas de contratación más elásticos, le cargaron las tintas para dejar la contratación enteramente a discreción de la voluntad patronal, quedando el trabajador desprotegido. Esto debe ser rectificado, y todo tener carácter de transitorio, solamente, mientras dura la crisis y la recuperación. La popularidad conseguida por el éxito en la vacunación puede haberse mermado mucho. La Asamblea ha cometido un error gravísimo: ha distraído al investigado de su juez natural, la Comisión de Fiscalización, y le ha encargado la tarea a una Comisión extraña que resulta especial, lo que acarreará nulidad. Hay guerra de poderes. ¡Qué peligro! (O)