Hace un año comentábamos sobre la fortaleza del movimiento campesino europeo, haciendo énfasis en los logros alcanzados por los españoles al convertir en realidad una ley especial de cadenas agroalimentarias, que significó un gran avance producto de un consenso entre fuerzas políticas dispares durante el Gobierno de Mariano Rajoy, que recogía con fidelidad las propuestas de los agricultores por un mejor trato en el pago de sus cosechas, entre otras conquistas, reclamando por la distancia que separa el precio en finca con el de venta a los consumidores en supermercados y tiendas.

Luego, ya en un régimen de otra tendencia, se incorporaron normas obligatorias de la Unión Europea desterrando el comercio desleal, mientras se tramitan nuevas reformas siempre en el afán de volver a la labranza y al pastoreo actividades rentables, en correspondencia con el esfuerzo y dedicación de los granjeros por proveer alimentos sanos, suficientes, durante todo el año, observando las particularidades del sector que involucra seguridad alimentaria, balanza comercial, aporte al PIB, generación de riqueza, tranquilidad social, crecimiento económico e ilimitada proyección internacional; pero, altamente vulnerable por los numerosos riesgos, grado de atomización, conviviendo infinidad de pequeñas empresas con grandes grupos industriales e intermediarios, proclive a los abusos de poder mercantil, forzando a la regulación y corrección estatal, en un área altamente estratégica.

El tema escabroso de la ley radica en los precios, que deben constar en los contratos con el primer comprador, acordados por los intervinientes en cada uno de los segmentos de la serie productiva, tomando en cuenta los costos establecidos por consenso, no fijados por el Gobierno, mirando factores objetivos, no manipulables, efectivamente causados, nunca inferiores a los incurridos por el cultivador, de tal manera que no pierda, en el entendido de que hay un gran espacio de negociación, por la distancia existente entre el valor en hacienda y el que paga el consumidor, manteniéndose el principio de que el eslabón siguiente asimile las alzas, transfiriéndose sucesivamente hasta llegar al cliente final.

El instrumento legal en trámite no conlleva determinación de un mínimo oficial, que aterroriza, será el resultado de libres conversaciones entre labriegos y compradores, no admitiéndose transacciones por debajo de lo que cuesta producir un bien agrícola, ganadero, forestal, de pesca abierta o acuacultura, dejando expresa constancia de que el valor pactado cubre los gastos de cultivo, declaración que prueba el encuadre a la ley.

La legislación española constituye un avance en las aspiraciones de los actores de las cadenas, abriéndose la inquietud si podría asimilarse a nuestro país, diferente a cualquier Estado europeo, donde juegan un rol decidor los subsidios directos al campo, única posibilidad de supervivencia de las cadenas, sin perjudicarlas en su conjunto, ni a ninguno de sus integrantes, de tal manera que se torne sustentable y satisfactoria para todos, cuyo éxito dependerá del nivel de justicia con el enlace más débil y desprotegido: los campesinos. (O)