El manual del poder recomienda: “Si no sabes algo, es mejor que no hagas nada”. Un consejo que la Corte Constitucional (CC) -por una mayoría de cinco votos- ignoró al aprobar la consulta popular sobre la explotación del Bloque 43/ITT en el parque Yasuní, que estuvo archivada por diez años. En su voto salvado de minoría, los magistrados Carmen Corral y Enrique Herrería dejaron constancia de que al haber transcurrido tanto tiempo, esta (la consulta) carece de objetivo superviniente debido al complejo encadenamiento de relaciones jurídicas que autorizan dicha explotación petrolera. Una correcta aunque desestimada opinión.

Hay 900 contratos con trabajadores y 50 empresas ecuatorianas prestadoras de servicios que podrían quedar insubsistentes de ganar el Sí, que implicaría dejar en el subsuelo una producción de 55.000 barriles de crudo al día, que representa un ingreso de 1.200 millones de dólares al año para el presupuesto general del Estado, con un activo proyectado de 15.000 millones.

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Lo increíble es que en la resolución aprobatoria se asegura que el Bloque 43 -que es el único nuevo y cuarto en importancia después de Sacha, Shushufindi y Auca- “no es indispensable” para la cobertura de los contratos de preventa petrolera, ni representa “un riesgo de pago de altas indemnizaciones”.

La misma CC que validó el juicio político al presidente de la República y que indirectamente propició la muerte cruzada decidió no solo que el país puede prescindir eventualmente de esta riqueza, sino que el debate de la consulta puede interponerse, sin problemas, con aquel de las elecciones generales. Actuó con indiferencia ante el riesgo de que no exista la garantía de un voto informado ante la distracción que supone el evento principal.

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Más grave aún es que la Corte no haya convocado a una audiencia para escuchar a las comunidades indígenas que viven en las proximidades del Bloque 43, para conocer su opinión respecto a si apoyan o no a la ONG ambientalista que se ocupó de reactivar el tema. Por redes sociales los dirigentes de las etnias huaorani y quechua han reclamado porque, al ser abiertamente ignorados, el medio de subsistencia de siete pequeñas comunidades, 661 familias y 2.514 habitantes de la Amazonía se ha vuelto incierto.

En cumplimiento de la Ley Amazónica, que garantiza que el 70 % de la mano de obra será local, la mayoría de las cabezas de familia, hombres o mujeres, se gana su sustento directa o indirectamente de la actividad petrolera que realiza en dicho campo Petroecuador. Más aún, la empresa estatal invierte recursos propios en salud, educación, agua potable y electrificación, como parte de su compromiso de relacionamiento con los comuneros (que son celosos guardianes de una explotación que respeta su hábitat natural).

La pérdida, en caso de ganar el Sí, por factores imponderables de desinformación o el idealismo ambientalista, es también para los GAD amazónicos que perciben gracias a la Ley cuatro dólares por barril producido, ingresos que sirven para atender las necesidades más apremiantes de su población.

En el escenario de desquiciamiento que vive el país, esta consulta supone un lastre más a la pérdida de la cordura colectiva. (O)