En este país, que pareciera padecer de epilepsia porque vive convulsionado por los dramas y tragedias que se producen diariamente, derivados de la inseguridad, provocada básicamente por el narcotráfico; de los sobornos, del asalto a la cosa pública y del irrespeto a las normas legales, entre muchos más, agravados por la carestía de la vida, porque no hay billete que alcance para cubrir las más elementales necesidades, es normal que la gente clame por medidas que remedien tantos males.

Pero, como vivimos en una sociedad jurídicamente organizada, obedecemos a un ordenamiento legal que regula nuestras actividades y que debemos obligatoriamente cumplir. Así, para la elección de nuestros gobernantes existen reglas que determinan la forma de hacerlo y un mandato constitucional, donde se establecen los períodos para los cuales se los nomina y la forma de terminarlos bajo determinadas circunstancias. También están estipulados los porcentajes de los electores, o de los representantes del pueblo en la Asamblea Nacional, que se requieren para tomar las decisiones de modo democrático.

Las debilidades de la democracia

La palabra “democracia”, que podría traducirse como “el poder del pueblo”, fue inventada por los griegos en la antigua Atenas cuando se propusieron establecer un sistema de gobierno que involucre a la mayoría de la población, para decidir sobre cuestiones muy importantes para los ciudadanos, a fin de que no sea uno o un grupo minoritario quienes resuelvan sobre asuntos que atañen o afectan a gran parte del conglomerado social.

(...) exigimos que se respeten los canales regulares para poner fin al período presidencial, si la mayoría así lo resuelve.

Cuando concurrimos a las urnas para elegir, entre otros, al presidente, nos sometimos al albur de haber hecho una buena selección. Lamentablemente, estamos asistiendo a un manifiesto descontento popular provocado por múltiples motivos y hay voces en la Asamblea Nacional que expresan su deseo de terminar el mandato presidencial sometiendo al primer mandatario a un juicio político, de acuerdo con el art. 129 de la Constitución, para lo cual requieren 92 votos, con el dictamen de admisibilidad de la Corte Constitucional, si se probare que hubiese cometido delitos contra la seguridad del Estado, concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito, genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro u homicidio por razones políticas o de conciencia.

La gobernabilidad

Por otro lado, hay un segmento minoritario de ecuatorianos, comandados por uno de los dirigentes indígenas y algunos movimientos sociales que exigen la renuncia del presidente y anuncian movilizaciones desde el 7 de marzo, con lo cual se provocará, nuevamente, la desestabilización del país y pérdidas para todos. El levantamiento de junio del año pasado, que duró 18 días, significó un perjuicio de 1.115,4 millones de dólares. La vía legal, en este caso, está prevista en el art.105 de la Carta Magna, la revocatoria del mandato, no la revuelta en las calles, ni el caos, ni el vandalismo, ni los atentados contra la propiedad pública y privada, ni la paralización del transporte, ni el cierre de vías, ni las balas, ni ningún tipo de desorden.

Los ecuatorianos escogimos vivir en democracia. Por tanto, exigimos que se respeten los canales regulares para poner fin al período presidencial, si la mayoría así lo resuelve. (O)