Cuando una persona fallece sus familiares pueden reclamar un reembolso del IRS, siempre que el contribuyente fallecido haya actualizado las declaraciones de impuestos pertinentes y haya nombrado a un representante personal, según datos que menciona El Cronista.

Aunque en muchos casos los familiares o herederos desconocen sobre este trámite debe saber que es posible recuperar dichos fondos que quedan retenidos en el IRS cuando el contribuyente muere.

Debe tener en cuenta que “el representante personal de un patrimonio es un albacea, administrador o cualquier persona que esté a cargo de la propiedad de la persona fallecida”, indica el Servicio de Impuestos Internos (IRS) en su página web oficial.

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Allí mismo se añade que “el representante personal es responsable de la presentación de todas las declaraciones de impuestos finales sobre el ingreso personal y la declaración de impuestos sobre patrimonios de la persona fallecida cuando esta(s) se venza(n)”.

Foto: iStock.

El familiar o representante legal puede cobrar:

  • Reembolso por impuestos pagados en exceso
  • Créditos por estímulos económicos (Covid-19)
  • El crédito Tributario por Hijos (CTC)
  • Crédito por Ingreso del Trabajo (EITC)
  • Crédito por Educación
  • El crédito por gastos médicos o deducciones detalladas

¿Cómo reclamar reembolsos de impuestos de una persona fallecida?

En Estados Unidos este trámite requiere seguir ciertos pasos en el IRS que incluyen una documentación específica:

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  1. Presentar la declaración de impuestos de la persona fallecida llenando el Formulario 1040 con la etiqueta “Deceased”
  2. En caso de no ser el representante legal se debe llenar el Formulario 1310: Statement of Person Claiming Refund Due a Deceased Taxpayer (Declaración de la persona que reclama el reembolso debido a un contribuyente fallecido)
  3. Adjuntar los documentos necesarios como copia del certificado de defunción y algún documento que compruebe que usted es el representante legal o cónyuge
  4. Enviar todo al IRS del estado donde residía la persona fallecida

“Los representantes personales certificados o nombrados por un tribunal tienen que adjuntar a la declaración una copia del documento del tribunal que muestre el nombramiento”, añade el IRS.

(I)

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