Cumplir a tiempo con las obligaciones tributarias nos ahorrará dolores de cabeza y dinero. Si vives en los Estados Unidos ya debes saber que si como contribuyente no atiendes tu caso en el Servicio de Impuestos Internos (IRS) te expones a una sanción.
Hay una sanción que sale de manera automática, difunden en El Cronista, “si no se emite el pago un impuesto adeudado después de recibir la primera factura”.
Cuál es la sanción
Detalla el medio que “la sanción consta de la reclamación legal contra toda la propiedad del contribuyente, ya sea actual o futura, incluyendo su salario, vivienda, vehículo y cuentas bancarias.
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Aviso de Gravamen por el Impuesto Federal
Cuando “se recibe un Aviso de Gravamen por el Impuesto Federal, el contribuyente debe pagar de inmediato la cantidad total adeudada”.
Para conocer la cantidad exacta que se debe abonar “y liberarse del gravamen tendrán que comunicarse al número de su aviso”.
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Indican en El Cronista que “el Aviso de Gravamen por el Impuesto Federal muestra solamente su saldo tasado hasta la fecha del aviso. No le muestra el saldo pendiente para liquidar la deuda, ni incluye nuestros cargos por presentar y liberar el gravamen”.
No pierda más tiempo… si no se pone en contacto con el IRS, “podrá imponerse un embargo, que consta de la incautación legal de los bienes de un contribuyente con el objetivo de saldar su deuda tributaria”.
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Liberación del gravamen por el impuesto federal
¿Qué es liberación del gravamen por el impuesto federal?
Significa que las autoridades quitaron el gravamen de su deuda a través de la presentación de un Certificado de Liberación del Gravamen por el Impuesto Federal a las autoridades correspondientes.
¿Puede revocarse?
Según el IRS, publica El Cronista, esta medida puede revocarse si:
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- La deuda está completamente paga
- Se cumplió con las condiciones de pago de un Ofrecimiento de Transacción que IRS aceptó
- El período de cobro terminó, por lo que la liberación es automática.
- El pago de la deuda está garantizado por una fianza. (I)