El proyecto de ordenanza que regula la ocupación del espacio o vía pública mediante la instalación de elementos de seguridad (rejas) establece la obtención temporal de un permiso por un año y su renovación por el mismo tiempo para quienes instalen este tipo de estructuras en Guayaquil.

La normativa, que establece este tipo de condiciones, será debatida en primer debate este martes, 26 de diciembre, en sesión extraordinaria del Concejo Cantonal.

‘Quienes tengan rejas ya instaladas en Guayaquil deberán pagar por el uso del espacio público’

La elaboración de este proyecto se anunció en septiembre por parte de la Dirección de Uso del Espacio y Vía Pública.

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El proyecto detalla que para la obtención de este permiso se necesitará la representación de al menos el 70 % de los propietarios de viviendas ubicadas en la zona afectada.

Para los casos de los colectivos o comunidades que hayan instalado elementos de seguridad en el espacio o vía pública con anterioridad a la vigencia a la ordenanza, y deseen regularizarse, deberán hacerlo en seis meses, luego de la entrada en vigencia del cuerpo legal.

Se cita, dentro del proyecto, tres tipos de portones y sus especificaciones a los que se podría acceder, siempre y cuando se cumpla con la admisibilidad y la factibilidad del entorno para la instalación.

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Estos son los requisitos mínimos que deben tener las rejas:

  • Sobre la parte superior de los portones no debe existir instalados cercos perimétricos de púas o cualquier elemento adicional que modifique las características de los elementos de seguridad.
  • Los portones deben ser metálicos en todo su conjunto y no deben poseer una viga superior fija que dificulte el ingreso libre vehicular.
  • Las columnas de los portones no podrán ser de hormigón.
  • Las estructuras no podrán ser de placas metálicas o cualquier otro material que impida visualizar al interior y exterior de la vía que se interviene.
  • Las estructuras deberán ser de color blanco, negro o verde, ser de material resistente y con pintura anticorrosiva.
  • Las estructuras no deben encontrarse deterioradas o en mal estado.
  • La instalación de las estructuras no debe afectar, dañar u obstaculizar el normal funcionamiento y/o mantenimiento de la infraestructura urbana, tales como: hidrantes, tuberías, alcantarillado, instalaciones de alumbrado eléctrico, acueductos, entre otros.
  • Las instalaciones de las estructuras no deben afectar o dañar la vegetación baja, media o alta existente.
  • Las instalaciones de las estructuras no pueden deteriorar la imagen urbana del sector, deben estar integrada física y visualmente al entorno inmediato.
  • Sobre las estructuras no se debe colocar, adherir o instalar cualquier tipo de material que obstaculice el alcance visual o que estéticamente afecte el diseño de los elementos de seguridad.
  • Las características de las estructuras aprobadas no deben ser modificadas, sin previo aviso, aun en el caso de que dichos cambios cumplan con las normas de esta ordenanza y demás cuerpos normativos sobre la materia.

El pago de regalías para quienes instalen rejas

En la ordenanza se establece el pago de regalías por la obtención del permiso temporal para la instalación de estos elementos de seguridad. Este es un monto económico que debe pagar anualmente el colectivo o comunidad beneficiaria por el uso y ocupación del espacio o vía pública, ya sea por la obtención del permiso temporal por primera vez o por su renovación

En ese sentido, se detalla que por los portones metálicos en vías peatonales se pagarán el 5 % de un salario básico, mientras que por los portones metálicos en calles vehiculares con aceras menores a 1,50 metros se cancelará 7,5 %.

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Crear un comité barrial y que el 70 % de los vecinos estén de acuerdo serán requisitos para poner rejas en sectores de Guayaquil, según se contempla en proyecto de ordenanza

La regalía por los portones metálicos en calles vehiculares con aceras iguales o mayores a 1,50 metros será de 10 % de un salario básico.

El proyecto de ordenanza detalla que los elementos de seguridad instalados con anterioridad a la vigencia de la ordenanza, y que se asemejen las especificaciones técnicas determinadas dentro de la normativa pagarán un valor anual por concepto de regalía acorde con el tipo de elemento de seguridad.

Mientras que los que no cumplan por completo las especificaciones establecidas, pero se apeguen a ciertas de ellas, pagarán un valor anual por concepto de regalía del 15 % del salario básico unificado (SBU).

Las prohibiciones para el permiso temporal de las rejas

  • Instalar o conservar instalados elementos de seguridad sin contar con el permiso temporal correspondiente.
  • Realizar cobros por uso de paso a personas o vehículos al interior de la o las calles intervenidas de la zona afectada por los elementos de seguridad, con excepción de los cobros por concepto de guardianía o alícuotas a los miembros del colectivo o comunidad que hayan dado su consentimiento para la instalación de los elementos de seguridad.
  • Instalar o exhibir señalética o letreros de publicidad exterior de cualquier tipo que por su ubicación y tamaño obstruyan la visualización al interior o exterior de la calle o peatonal donde se han instalado los elementos de seguridad.
  • Modificar las especificaciones técnicas de los elementos de seguridad instalados.
  • Impedir o restringir el ingreso de las entidades que cubren emergencias, tales como Policía Nacional, Benemérito Cuerpo de Bomberos de Guayaquil, Agencia de Tránsito y Movilidad, ambulancias, etc.
  • Impedir o restringir el ingreso de los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones.
  • Impedir o restringir el acceso para el servicio de recolección de desechos sólidos no peligrosos o desechos del sector, y demás servicios públicos. (I)


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