El pleno del Tribunal Constitucional (TC) concedió dos recursos de amparo propuestos por Andipuerto Guayaquil en contra de los directivos de  Autoridad Portuaria y de Fast Rentacar contra la Comisión Urbano Rural de la Comisión de Tránsito del Guayas (CTG).

Con la aceptación del primer recurso, el TC reconoció el derecho a Andipuerto Guayaquil para trabajar en las operaciones de carga y descarga de buques en el muelle concesionado, cuya autorización  negó, en primera instancia,  Autoridad Portuaria.

En el segundo caso, el TC permitió aplicar el permiso de operación en la provincia del Guayas, bajo la modalidad de transporte turístico, en favor de la empresa Fast Rentacar.

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Dicho permiso lo negó inicialmente la Comisión Urbano Rural de la Comisión de Tránsito.