El veto parcial del Ejecutivo a la Ley Derogatoria a la Ley de Burós de Información Crediticia abre la posibilidad de que la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardap) pueda coexistir con otras entidades que den el servicio de referencias crediticias.

El proyecto de ley que aprobó la Legislatura el pasado 2 de octubre planteaba eliminar los burós de crédito privados y la central de riesgos y crear el Registro de Datos Crediticios, manejado por la Dinardap, entidad estatal.

Los legisladores aprobaron que esta entidad tendrá competencia exclusiva para recopilar y entregar la información crediticia. Pero en el texto del veto presidencial se dice: “...conviene aclarar una imprecisión en la redacción del sexto artículo innumerado de su artículo 1, pues de su lectura se concluye que la Dinardap sería la única entidad que podría prestar servicios de referencia crediticia, cuando en realidad dentro del marco normativo propuesto podrían coexistir junto con la Dinardap otras entidades que presten este tipo de servicios”.

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El asesor financiero Marco Rodríguez explica que en esta parte del veto parecería que se va a permitir la participación privada en la entrega de información crediticia, pero tras la lectura integral del documento se norma la labor de la Dinardap como si fuera la única entidad que entregará y recopilará información crediticia.

No obstante, Rodríguez considera que con el texto presidencial se abre la expectativa de que esta parte del veto pueda aclararse cuando se elabore el reglamento a la Ley.

Mientras, los representantes del buró privado Equifax no se pronunciaron sobre el veto, pues señalaron que están analizando su alcance.

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Entre otros temas modificados por el Ejecutivo está la ampliación de 3 a 6 años el tiempo del historial crediticio que se utilizará para los cálculos de la metodología que empleará la Dinardap.

Además, el Ejecutivo considera imposible que el Registro Crediticio pueda mantener información de los últimos 20 años, como lo aprobó la Asamblea. Su argumento es que la Ley de Instituciones del Sistema Financiero (art. 80) establece que la información crediticia solo debe ser conservada por no menos de seis años.

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El trámite del proyecto de ley prevé 30 días de plazo para que los legisladores se pronuncien. Esto, desde el 31 de octubre pasado, cuando llegó el veto a la Asamblea.