El ingeniero Jorge Guzmán Mancilla, presidente electo del Club Sport Emelec, solicitó este lunes a José David Jiménez, ministro del Deporte de Ecuador, que acelere el proceso de inscripción de su directorio tras recibir otra demanda.

Esta vez fue el turno del exdirector técnico colombiano Hernán Torres, a quien los azules deberán cancelarle la suma de $ 40.011 por concepto de remuneración adeudada más intereses. Además, una multa de $ 12.500 que deberá abonarse a FIFA en un plazo de 30 días a partir de la notificación.

“Señor Ministro del Deporte, José David Jiménez: El Club Sport Emelec tiene una nueva demanda FIFA. No podemos seguir esperando a que el tiempo pase”, publicó Guzmán en su cuenta de X adjuntando la alerta de la demanda.

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El pasado 17 de marzo el Ministerio del Deporte, en una misiva, firmada por Daniel Arboleda, director de Asuntos Deportivos, comunicó que se le otorga a la directiva diez días para “subsanar” varias observaciones para poder ser reconocidas oficialmente. Estas ya fueron presentadas, pero el organismo gubernamental las sigue tramitando.

  • Periodo del directorio anterior: No se justifica adecuadamente la necesidad de elecciones anticipadas, dado que el directorio vigente tiene mandato hasta noviembre de 2026.
  • Renuncias del directorio anterior: No se han remitido las renuncias formales de todos los miembros del directorio anterior.
  • Tribunal Electoral: Falta documentación sobre la conformación y cumplimiento de requisitos del Tribunal Electoral.
  • Inscripción de listas: No se ha demostrado que las listas de candidatos se inscribieron con 15 días de anticipación y cumplieron los requisitos del estatuto.
  • Candidatos del directorio: No consta documentación que acredite que los candidatos cumplen con los requisitos de antigüedad, pago de cuotas y ausencia de sanciones.
  • Convocatoria a elecciones: No se ha presentado evidencia de que la convocatoria fue publicada en medios de circulación nacional y en las instalaciones del club, como lo exige el estatuto.
  • Padrón electoral y quorum: Se observa una inconsistencia en el número de socios habilitados para votar, lo que pone en duda la validez de la elección.
  • Errores en cédulas: Se encontraron inconsistencias en los números de cédula de algunos miembros electos.
  • Actas de escrutinio: Solo se remitieron copias simples; se requiere documentación original o certificada.
  • Apelación al proceso electoral: Existe una apelación presentada por un socio del club, lo que impide el avance del trámite hasta que se resuelva formalmente. (D)