Quienes mantienen activo un Registro Único de Contribuyente (RUC) con domicilio o establecimiento en Guayaquil y ejercen actividades económicas permanentes en la ciudad deben declarar el impuesto a la patente municipal ante el Municipio porteño.

Esta es una obligación tributaria que se cobra una vez al año, establecida en los artículos 546 y 550 del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad).

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Dicha normativa establece que todas las personas naturales y jurídicas, sociedades nacionales o extranjeras domiciliadas o con establecimientos en Guayaquil y que realicen permanentemente actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias y profesionales, están obligadas a la declaración anual de este tributo.

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El plazo para declarar el impuesto a la patente municipal es hasta 30 días después de la fecha límite establecida para la declaración del impuesto a la renta.

Hasta el 15 de mayo del año en curso, un total de 30.097 contribuyentes, en su mayoría personas naturales, han declarado su impuesto a la patente municipal.

Esta cifra representa un incremento del 93,3 % respecto al mismo periodo del año anterior, cuando hasta el 15 de mayo de 2023 solo 15.569 contribuyentes habían presentado su declaración.

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El plazo para que las personas jurídicas presenten su declaración del impuesto a la patente municipal finaliza entre el 23 de mayo y 12 de junio de este año, según su noveno dígito del RUC.

¿Cómo se determina el valor a pagar?

El impuesto a la patente municipal se calcula sobre el patrimonio de las personas naturales o jurídicas.

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Para ello, el Municipio utiliza como fuente tres bases de datos: el Registro Único de Contribuyentes del Servicio de Rentas Internas (SRI), las declaraciones del impuesto a la renta y las declaraciones del IVA.

Con esto, se determina la base imponible sobre la cual se calculará el tributo municipal. Únicamente están exentos del pago del impuesto a la patente municipal los artesanos calificados por la Junta Nacional de Defensa del Artesano.

El no pago de este tributo dentro de los plazos establecidos genera multas, intereses y recargos.

Como parte de los beneficios otorgados por el cabildo porteño, los ciudadanos que tienen pendiente el pago de este tributo por periodos anteriores al año 2023 (incluyéndolo), podrán acogerse a la remisión tributaria de intereses, multas y recargos, pagando previamente la totalidad del capital adeudado. Esta remisión estará vigente hasta el 31 de julio de este año.

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¿Cómo conocer cuánto adeuda y cómo cancelar?

Debe ingresar a www.guayaquil.gov.ec, luego ir a la opción trámites y elegir impuesto a la patente municipal . En lo posterior, se debe crear un usuario y contraseña, y una vez validado, se debe marcar la actividad económica y liquidar.

Esa liquidación reflejará la base imponible, el impuesto, la multa, interés y el valor a pagar. El siguiente paso es aceptar la liquidación e imprimir el código electrónico de pago (CEP).

Con este código, el ciudadano puede cancelar el impuesto en los servicios en línea del propio Municipio, en agencias bancarias que mantienen convenios con la Municipalidad (incluyendo servicios en línea), auxiliares financieros y en las ventanillas de recaudación del cabildo. (I)