El Consejo Nacional de Competencias (CNC) prevé que los dos primeros años de mandato de los nuevos alcaldes estén marcados por la absorción completa de las catorce competencias que constan en el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial (Cootad).

Dicha norma, aprobada en el 2010, reacomodó el mapa del Ecuador, pues estableció un nuevo modelo de organización territorial. A las provincias, cantones y parroquias rurales se sumaron las circunscripciones territoriales indígenas, afroecuatorianas y montubias.

Cada uno de esos niveles, ahora conocidos como Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD), tiene mayores competencias que debe asumir de manera obligatoria.

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Al momento, los municipios han avanzando en la transferencia de cinco de ellas, según una rendición de cuentas del CNC publicada en el 2013.

Estas son tránsito; riego y drenaje; gestión de la cooperación internacional; forestación, reforestación; y dragado.

Voceros de la Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME) consideran que el tránsito ha sido la competencia más difícil de asumir pues demanda recursos y preparación.

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Hasta fines del 2013, trece municipios se habían hecho cargo total o parcialmente de la gestión del tránsito, para lo cual les dieron $ 23,4 millones.

En Quito, por ejemplo, el CNC dispuso que en el plazo de un año, contado desde el 29 de mayo del 2013, se culmine con la “asunción efectiva del control operativo del tránsito en la vía pública”. Esto porque se requiere de “un proceso de capacitación complejo, así como de altos estándares de calidad para el servicio ciudadano”.

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El reporte del CNC indica, además, que se han transferido a los municipios $ 21,7 millones para riego y drenaje; y $ 7,6 para forestación y reforestación.

El Consorcio de Gobiernos Provinciales (Congope), que agrupa a las prefecturas, aspira a que en este año estas puedan asumir las ocho competencias previstas en el Cootad.

Sus voceros señalan que en cuanto a riego y el drenaje “se está avanzando”, pero que en la vialidad “no ha habido algo más allá de las circunstancias”.

Según el CNC, solo un 50% de los gobiernos provinciales ha iniciado el proceso de elaboración de planes de riego con una transferencia de $ 12,4 millones para la operación y mantenimiento de esos sistemas.

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Respecto a la vialidad, este gremio afirma estar preparando un plan para determinar el número de kilómetros que deben rehabilitarse en el país.

“Las competencias de riego, vías y ambiente son las que se están asumiendo. En cuestiones de desarrollo productivo se ha avanzado en la socialización, pero no se ha definido el modelo de gestión”, sostienen.

El exasambleísta y exalcalde de Quito, Paco Moncayo, quien participó en la elaboración del Cootad en el periodo anterior de la Asamblea, opina que esta ley es una de las pocas en las que el gobierno central no tiene una “abrumadora” participación.

No obstante, reconoce que el traspaso de competencias tiene problemas. “Los GAD van a atravesar procesos complejos para asumir las competencias. Por eso no hay que admirarse de que se esté haciendo de manera lenta”, opina Moncayo, quien cree que en un par de años el Cootad estará aplicándose completamente.

Responsabilidad

Municipios
Según el artículo 55 del Cootad, algunas de sus competencias son: formular planes de ordenamiento territorial con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural; planificar, construir y mantener la vialidad urbana; prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado y saneamiento ambiental; planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte; planificar, construir y mantener la infraestructura física de salud y educación; elaborar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales; y gestionar cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias.

Prefecturas
Según el artículo 42 del Cootad, sus competencias son: planificar el desarrollo provincial y formular los planes de ordenamiento territorial; planificar, construir y mantener el sistema vial de ámbito provincial, que no incluya las zonas urbanas; la gestión ambiental; planificar, construir, operar y mantener sistemas de riego; y fomentar las actividades productivas provinciales.

Juntas parroquiales
Sus competencias constan en el artículo 65 del Cootad: planificar, construir y mantener la infraestructura física, los equipamientos y los espacios públicos de la parroquia; planificar la vialidad parroquial rural; incentivar el desarrollo de actividades productivas comunitarias y la protección del ambiente; gestionar, coordinar y administrar los servicios públicos que le sean delegados o descentralizados por otros niveles de gobierno; y, vigilar la ejecución de obras y la calidad de los servicios públicos.