Una vez que el conjuez Iván Saquicela definió que existían suficientes elementos de convicción de que un “grupo ilegítimo” participó, en noviembre del 2003, en la detención y desaparición forzada de César Mata, Erwin Vivar y Jhonny Gómez Balda, se emitió un auto de llamamiento a juicio contra once expolicías que son investigados dentro del caso González y otros.

La resolución llega a casi 14 años de que ocurrió el hecho, durante un operativo policial que se dio en el interior de una farmacia en la ciudadela la Alborada, en el norte de Guayaquil. En la operación también se registró la ejecución extrajudicial de ocho personas: seis asaltantes y dos inocentes, por la que ya fueron sentenciados en 2014 trece involucrados.

Inicialmente, el proceso se dio por la desaparición forzada de Mata, Vivar, Gómez Balda y Darwin Cañar, pero ayer el conjuez Saquicela en la lectura de su resolución, la cual demoró casi dos horas, no nombró entre las víctimas a este último.

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Según Juan Pablo Albán, abogado de los familiares de uno de los desaparecidos, esto respondería a que la fiscal subrogante Thania Moreno, al emitir su dictamen acusatorio contra los once procesados, dijo que no tenía elementos para determinar que Cañar desapareció en la misma operación.

Saquicela definió que se persigue en este caso una desaparición forzada de personas, pero, aclaró, que para respetar el principio de legalidad sustantiva, se lo adecua al tipo penal de plagio, contenido en los artículos 188 y 189 del Código Penal vigente al momento de que se cometieron los hechos.

Lo que se hizo, explicó el conjuez, es que la imputación en el contexto internacional de desaparición forzada, debe adecuarse a tipos penales internos, como el plagio, vigentes en el Código Penal de la época.

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Aunque Albán felicitó el trabajo realizado por Saquicela, señaló que se resistía a aceptar que una desaparición forzada sea lo mismo que un secuestro o un plagio.

“Ya hay un llamado de atención internacional severo. El 17 de marzo de este año el Comité de Desapariciones Forzadas de las Naciones Unidas le pidió al Ecuador que estos casos en los que las personas continúan desaparecidas tiene que aplicarse el tipo penal de desaparición forzada”, apuntó Albán.

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Luigi García, defensa de Ernesto G., oficial que habría liderado el operativo en 2003, insistió en que el tipo penal no existe, en especial, sostuvo, porque hay una persona que apareció e incluso es testigo de Fiscalía.

Él se refiere a Erwin Vivar, quien a inicios del 2016 fue ubicado en Venezuela y rindió su testimonio anticipado en Ecuador.

García apuntó que al haber colocado el plagio como tipo penal para el caso, esto deja en suspenso el auto de llamamiento a juicio hasta que sean aprehendidos los procesados que al momento se mantienen prófugos. (I)

El caso
Investigación

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Autores
Fiscalía ubicó como autores del delito investigado a Eduardo G., quien lideró el operativo, y a Fausto F., jefe de la Policía Judicial del Guayas, cuando se dio el hecho.