El Comité por la Reinstitucionalización Democrática fundamentó ante la Comisión Ocasional de Enmiendas Constitucionales de la Asamblea la propuesta de reforma a la Constitución que busca eliminar el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs); instaurar la bicameralidad; y, determinar la independencia de la Fiscalía General del Estado frente al Consejo de la Judicatura.

El Comité, según el coordinador Pablo Dávila, recogió 300 mil firmas a nivel nacional para respaldar el pedido de reformas constitucionales vía consulta popular. Según el trámite, una vez determinada la constitucionalidad y con el aval de las firmas suficientes, la Asamblea Nacional debe tramitar las reformas en dos debates, y el segundo debate se realizará al menos 90 días después del primero. Una vez aprobado el proyecto de reforma constitucional se convocará a referéndum dentro de los 45 días siguientes.

Respecto a la eliminación del Cpccs, Darwin Saraquive, señaló que designación de las autoridades control por parte del Consejo de Participación se convirtió en una intromisión en las Funciones del Estado y que contribuyó en la desinstitucionalización en el país, con la designación de autoridades con conflicto de intereses y que respondían a un movimiento político. Todo esto desembocó en un referéndum que llevó a conformar un consejo transitorio en el 2018.

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Con la propuesta, la designación de las autoridades de control pasaría a la Función Legislativa, por ser órgano de representación política; el control social seguirá siendo de los ciudadanos y la rendición de cuentas de las autoridades se realizará ante la Asamblea Nacional; y en el caso de los gobiernos autónomos descentralizados en sus respectivos concejos.

Hernán Pérez Loose, desarrolló la propuesta de la bicameralidad de la Función Legislativa y planteó la elección en segunda vuelta electoral de 30 senadores con representación nacional por cuatro años, y 89 asambleístas provinciales por dos años, cuya representación sería provincial; y partiría con un representante por cada provincia y uno más por cada 200 mil habitantes.

El planteamiento es reducir de 137 a 129 asambleístas, se eliminaría a los asambleístas suplentes y a los asambleístas nacionales; se reduciría el número de representantes del exterior. No cambiará el nombre de Asamblea Nacional, pero tendrá la Cámara Alta o llamada Cámara de Senadores con 30 representantes; y 89 representantes de la Cámara Baja o de diputados.

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La ventaja de elegir a la Asamblea Nacional en segunda vuelta, añadió Pérez Loose, es que le asegura al Presidente de la República electo la formación de una coalición parlamentaria. En el evento que no haya una segunda vuelta electoral, la designación de los asambleístas se realizará 30 días después de conocer los resultados oficiales de la elección presidencial.

En torno a la Fiscalización, la propuesta de reforma constitucional plantea una mixtura para el juzgamiento de funcionarios, organismos de control y ministros de Estado. La fiscalización iniciaría en la Cámara Baja, pero el juez que definirá la censura y destitución del funcionario sería la Cámara de Senadores. Además que la fiscalización no debe estar concentrada en una comisión, sino que el proceso debe estar a cargo de toda la cámara.

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También establece la eliminación del Consejo de Administración Legislativa (CAL), porque a criterio de los proponentes, se ha convertido en un organismo dictatorial, y que los proyectos de Ley deben llegar directamente a las comisiones respectivas de acuerdo a las áreas.

En torno a la designación de las autoridades del Estado estará concentrada en la Cámara del Senado, pero el proceso será muy similar al que aplicó el Consejo de Participación transitorio, en la interviene una comisión ciudadana y una comisión del propio Senado, que establece un proceso de selección y que será puesto a elección del Senado, quien puede vetar o aceptar la pre selección.

Se amplía el tratamiento de los proyecto de Ley urgente de parte del Ejecutivo, pues se propone la eliminación del término de "económica", a fin de que el Primer Mandatario pueda remitir proyectos urgentes en materia educativa, salud, etc.

Pablo Dávila, coordinador del Comité, fue el encargo de justificar la tercera propuesta de reforma que es establecer la autonomía de la Fiscalía General del Estado respecto del trabajo del Consejo de la Judicatura, y para ello, se sustentó en el artículo 194 de la Constitución donde se determina que la Fiscalía es un órgano autónomo de la Función Judicial, y por tanto, debe tener autonomía, administrativa, económica y financiera.

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Sin embargo, dijo, que en la práctica no se cumple, por contradicciones normativas en la misma Constitución, como los artículos 177 y 178 que regulan la organización de la Función Judicial, establecen que el Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno de administración, vigilancia y de disciplina de la Función Judicial; y seguidamente señala que la Fiscalía General del Estado es uno de los órganos autónomos de la Función Judicial.

Elizabeth Cabezas, presidenta de la comisión de enmiendas, anunció que convocará en los próximos días a los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, a los ex presidentes de la Asamblea Nacional y a la Fiscalía General del Estado. (I)