La Comisión Multipartidista recomendó al pleno de la Asamblea Nacional la censura pública y destituir al asambleísta, Eliseo Azuero (BADI), por gestionar nombramientos de cargos públicos; tramitar y recibir recursos del presupuesto del Estado; y, percibir ingresos de fondos públicos que no correspondían a la función de asambleísta.

La Comisión integrada por los asambleístas: José Serrano (AP); Liliana Durán (RC); Franco Romero (BADI), procesaron la denuncia presentada por la legisladora, Amapola Naranjo (RC), quien lo acusó de gestionar cargos públicos, tramitar y recibir recursos del Presupuesto General del Estado de una obra pública como es la construcción del hospital de Pedernales, provincia de Manabí.

Como conclusión la Comisión determinó que de la investigación realizada se podría desprender una presunción de enriquecimiento ilícito u otras conductas delictuales y administrativas cometidas por el acusado.

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Desde el pasado 17 de julio, Eliseo Azuero, tiene orden de prisión preventiva dictada por el juez penal Marco Rodríguez, quien acusó al legislador de haber participado en el delito de delincuencia organizada en el que está también procesado el ex asambleísta Daniel Mendoza y otros. Para ello, la Fiscal General, Diana Salazar, enumeró 33 elementos de convicción que el hacen suponer que Azuero mantendría un rol de dirección en la organización investigada.

Tras la investigación de nueve días, donde fue escasa la convocatoria de testigos, la Comisión valoró la pruebas de cargo y de descargo entregadas por escrito por la denunciante y también por el acusado, aunque éste fue declarado en rebeldía, porque no asistió a la comparecencia.

La comisión recomienda remitir el informe a la Fiscalía General del Estado y a la Contraloría General del Estado, y exigir que estos órganos de control inicien de inmediato, las respectivas investigaciones que el caso amerita y que son de su competencia, a fin de que determinen las responsabilidades a las que haya lugar, de todos las autoridades involucradas independiente de la función o institución a la que pertenezcan, particularmente de autoridades del Gobierno Nacional, que en ejercicio de su gestión política con la Asamblea Nacional, viabilizaron, coordinaron, consensuaron u ofrecieron, la entrega de cuotas políticas en la Función Ejecutiva, para que la justicia determine su grado de participación correspondiente.

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Proceso y recomendaciones del informe

La Comisión en su informe deja claro que se cumplió con las etapas procesales, que se ha garantizado el derecho a la defensa del asambleísta Eliseo Azuero Rodas, a pesar de que, el denunciado decidió no asistir a la sesión No. 3 del 30 de agosto de 2020 pese haber sido legal y debidamente notificado, por lo cual los miembros de la comisión lo declararon en rebeldía.

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Según la Comisión el asambleísta Azuero Rodas, ha realizado caso omiso al principio de ética y probidad, que se encuentra definido en el artículo 21 del Código Orgánico Administrativo, que manifiesta que: Los servidores públicos, así como las personas que se relacionan con las administraciones públicas, actuarán con rectitud, lealtad y honestidad. En las administraciones públicas se promoverá la misión de servicio, probidad, honradez, integridad, imparcialidad, buena fe, confianza mutua, solidaridad, transparencia, dedicación al trabajo, en el marco de los más altos estándares profesionales; el respeto a las personas, la diligencia y la primacía del interés general, sobre el particular.

Igualmente, se determinó que uno de los 33 elementos aportados por la Fiscalía General del Estado, que sirvieron para instruir al legislador Eliseo Azuero Rodas, fue la transcripción magnetofónica de una conversación mantenida con el ex legislador Daniel Mendoza Arévalo, hecho relevante que se adjunta como prueba debidamente certificada de que existiría un entramado de corrupción al interno de la Asamblea Nacional, probándose que el procesado penalmente y denunciado políticamente era quien lideraba la compra de conciencias de otros asambleístas a cambio de votos para salvar de enjuiciamientos políticos a servidoras y/o servidores públicos relacionados con la Función Ejecutiva.

Que de esta prueba documental aportada, introducida y valorada por la Comisión Multipartidista versa que los recursos públicos provenientes para la construcción de obra pública, no estaban siendo utilizados para esos fines los dineros públicos en lo que respecta a la construcción del hospital de Pedernales y que, por el contrario, habrían sido cobrados por terceras personas vinculadas con el ex legislador Daniel Mendoza Arévalo y el parlamentario Eliseo Azuero Rodas, con el consentimiento de varias autoridades de la Función Ejecutiva que en su momento, viabilizaron la designación de René Tamayo Silva, ex director del Servicio de Contratación de Obras (Secob), administración que ejecutó la contratación de dicha obra.

Que la Fiscalía General del Estado por petición de esta Comisión Multipartidista remitió la ampliación de la versión del procesado por delincuencia organizada, ex director del Secob, en la cual René Tamayo, manifiesta que tanto el Subdirector del Servicio de Contratación de Obras, SECOB, así como otras personas fueron recomendadas por el asambleísta Eliseo Azuero Rodas, en conocimiento de autoridades de la Función Ejecutiva, y para otros espacios de cargos públicos en dicha institución que también fueron requeridos, trasgrediendo la barrera de las prohibiciones establecidas tanto en la Ley Orgánica de la Función Legislativa numeral 3 del artículo 163 que concuerda con el artículo 127 numeral 3 de la Constitución de la República del Ecuador.

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Del análisis y revisión correspondiente, la Comisión presidida por José Serrano, observa que el asambleísta acusado sobrepasó los límites de su accionar político como servidor público, que son los de legislar y fiscalizar; es decir sin límites y con excelsa y notoria ambición trasgredió la barrera de sus responsabilidades en el ejercicio de sus funciones, pues valiéndose de su calidad y condición de legislador violentó el mandato que otorgó el mandante al dedicarse a ofrecer, tramitar, recibiendo y administrando recursos del Presupuesto General del Estado, gestionar nombramientos de cargos públicos y percibir dietas u otros ingresos de fondos públicos que no sean los correspondientes a su función de asambleísta que eran destinados para la construcción de una obra pública en este caso la de una casa de salud en el cantón Pedernales de la provincia de Manabí.

La investigación realizada determinó que existió una relación más allá del ámbito legislativo y de la ética, entre el asambleísta Eliseo Azuero Rodas y el ex asambleísta Daniel Mendoza Arévalo, procesado por una red de corrupción en la provincia de Manabí, y que estaría realizando actividades irregulares presuntamente vinculadas a ofrecer, tramitar, recibir recursos del Presupuesto General del Estado desde la cuenta de la empresa contratada para la construcción del hospital de Pedernales, fondos públicos entregados a través de terceros. (I)