Cuando una persona ingresa a trabajar es obligación de sus empleadores el afiliarla al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. También lo puede realizar una persona con trabajo autónomo.

Esto se lo hace con el objetivo que la persona pueda optar por una jubilación tras cumplir los 60 años y completar el número de aportes necesarios.

Existe el temor en parte de los ciudadanos debido a la situación financiera del IESS los ha obligado a buscar alternativas para aumentar el número de afiliados. Ante esto, se ha impulsado programas de afiliación para la población joven.

Publicidad

¿Cuánto ganaré si deposito 10.000 dólares por seis meses a plazo fijo?: estas son las tasas de interés vigentes para mayo en Ecuador

Eduardo Peña planteó la posibilidad de dar incentivos a quienes retrasen la jubilación.

En el 2024 un jubilado del IESS puede recibir como mínimo 230 dólares y máximo 2.530 dólares. Si el afiliado tiene una aportación superior, igual no se le entregará más que el límite establecido de acuerdo al salario básico unificado.

Si bien no se puede eludir a la obligación de afiliar al IESS cuando se trabaja en relación de dependencia, esta se puede complementar con una porte a una entidad privada.

Publicidad

Existen varias compañías tanto a nivel seguros como fondos de inversión que le permiten la acumulación de dinero y el pago de interés del mismo.

Consejos sobre presupuestos, ahorros e inversiones para ayudar a que tu dinero de la jubilación rinda

Entre las opciones se encuentran:

Publicidad

Fondos de inversión

El dinero es administrados por empresas que le permitirá destinar un monto mensual que se irá invirtiendo por un determinado periodo de tiempo.

Pólizas de acumulación

Es ofrecido por entidades financieras y le permitirá obtener intereses al vencimiento de la misma. Es importante observar también la calificación de riesgo que tiene la institución financiera donde se deja el dinero.

Publicidad

Seguros con programa de ahorro

Los asegurados aportan mensualmente una cantidad específica de dinero y a una edad determinada tienen a su disposición un fondo de acumulación que lo pueden recibir mediante un pago único o renta vitalicia. (I)