El Servicio de Rentas Internas (SRI) mantiene atrasos en la devolución del impuesto al valor agregado (IVA) para personas de la tercera edad, pero tiene una vía de devolución más ágil: la “devolución automática”.

Esta modalidad, puesta en vigencia desde el 2021, consiste en que una persona de la tercera edad pueda comprar bienes y servicios, de uso o consumo personal, mediante facturación electrónica, en un local autorizado y en el mismo momento de la compra no se le cobre el IVA.

Es un equivalente a la devolución, pero sin el trámite de pedir el retorno de lo pagado.

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Esta alternativa es poco conocida por los beneficiarios. Pero, además, no resulta tan atractiva para quienes sí la conocen.

Ximena Padilla, de 78 años de edad, asegura que ella sí es beneficiaria de la devolución del IVA. Sin embargo, no se ha interesado en probar con la devolución automática en cadenas comerciales, porque prefiere recibir reunido seis meses el pago. Reconoce que en este tiempo el SRI ha demorado los pagos, pero no lo ve como una urgencia.

María Cedeño -82 años de edad- sí ha escuchado de esta posibilidad, pero al igual que Ximena prefiere recibir reunido: “Obviamente, espero que se pongan al día”.

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De acuerdo con el SRI, la devolución del IVA tiene tres vías:

  1. La primera es a través de la entrega de comprobantes físicos que se hace por ventanilla del SRI,
  2. También se puede hacer vía digital con las facturas electrónicas y
  3. A través de la devolución automática en ciertas cadenas de consumo a nivel nacional.

Actualmente hay varias cadenas que participan en el proceso para no cobrar el IVA a las personas adultas mayores:

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  • Corporación Favorita y las cadenas que son parte del grupo: Supermaxi, Juguetón, Akí y Titán
  • La Bodega de Azogues
  • Mega Santa María
  • Pharmacys y Cruz Azul
  • Almacenes de Gerardo Ortiz (Coral).

Los beneficiarios son adultos mayores que hayan presentado previamente sus solicitudes de devolución del IVA al SRI y cuenten con clave de acceso al portal SRI en línea.

Sobre el tema, Jaime Carrera, secretario ejecutivo del Observatorio de la Política Fiscal (OPF), explica que en el tema de la devolución del IVA hay varios factores por analizar.

En primer lugar, hay una falta de liquidez del Estado, y por ello está debiendo de varios meses. En este sentido, en estos días se ha expedido un reglamento que pone ciertas cortapisas o limitantes a la devolución. Se refiere al reglamento emitido en el Decreto Ejecutivo 333 sobre la Ley de Turismo, en el que se indica que solo empresas autorizadas y que estén al día en el pago podrán devolver el IVA, lo cual es una limitante.

Explica que para devolver el IVA, el trámite no es expedito y fácil, e incluso hay mucho desconocimiento de personas de la tercera edad de cómo acceder a la devolución. En muchos casos, estas personas acuden a terceros.

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Para Carrera, una buena forma de dar el beneficio a los ancianos sería no cobrarles el IVA, y que solo se deba presentar la cédula para acceder al beneficio. Si bien no se les devuelve, se están ahorrando ese valor, comenta.

Sobre las posibles “trampas” que hacen los ciudadanos en el sentido de que les hacen comprar a sus padres o abuelos bienes que no son para las personas de la tercera edad, a fin de que el Estado luego les devuelva, considera que debe regularse.

¿Cómo es el trámite para la devolución automática para tercera edad?

Aquellas personas adultas mayores que no estén registradas en el SRI y que deseen acceder a este beneficio deberán realizar, por única vez, el proceso de registro en los canales habilitados por el SRI.

Al ingresar a SRI en línea, en el menú Devoluciones (Tax Refund), las personas adultas mayores podrán:

  • Recuperar su código de confirmación que permite consultar o solicitar el código único y personal para la aplicación de la devolución automática del IVA en establecimientos autorizados.
  • Consultar su devolución automática de IVA que muestra el saldo disponible del mes y las transacciones con devolución automática del IVA mediante comprobantes electrónicos. (I)