Una vez que se termina -este 31 de enero- el plazo para presentar la proyección de gastos personales para obtener rebaja en el impuesto a la renta del 2023, el siguiente trámite a seguir en el Servicio de Rentas Internas (SRI) es presentar el anexo de gastos personales, pero los que corresponden al 2022 con los valores realmente ejecutados y que fueron proyectados en enero del año pasado.

Esta vez todos los trabajadores en relación de dependencia que se acogieron a la rebaja deben presentar este anexo en febrero. Los plazos empiezan a correr el 10 de febrero de acuerdo con el noveno dígito de la cédula de identidad o RUC del contribuyente.

Rebaja en impuesto a la renta: quiénes deben presentar formulario de proyección de gastos personales y cómo hacerlo

Hasta el año pasado -que se realizó el pago correspondiente al 2021-, este anexo solo lo presentaban quienes habían presentado el formulario de proyección de gastos personales superiores al 50 % de la fracción básica desgravada (más de $ 5.606). Sin embargo, ahora la deben presentar todas las personas que aplicaron a la rebaja, independientemente de cuántos gastos proyectaron.

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Esto se da porque con la reforma tributaria que se aprobó a finales del 2021 se cambió el esquema de deducciones de gastos por la rebaja para el impuesto a la renta y con ello también se modificó la forma de disminuir el pago. Eso rige desde el año fiscal 2022, el impuesto a la renta de ese año es el que se debe pagar ahora. Los descuentos por rol que se hacen a los trabajadores son valores proyectados que se reliquidan al final del periodo.

Todos los trabajadores que usaron rebaja de impuesto a la renta en 2022 deben presentar anexo de gastos personales en febrero

Por eso esta será la primera declaración del impuesto a la renta que se haga con base en la reforma tributaria que se incluyó en la Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal que entró en vigencia el 29 de noviembre de 2021 por el ministerio de ley.

Tras esa reforma el artículo 34 del reglamento a la Ley de Régimen Tributario Interno indica que “a efecto de llevar a cabo la rebaja, el contribuyente deberá presentar obligatoriamente el anexo de los gastos personales en la forma que establezca el Servicio de Rentas Internas”.

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El SRI realizará este 1 de febrero una transmisión especial a las 15:00 para explicar los detalles sobre el Anexo de Gastos Personales y cómo llenarlo, a través de su canal de Facebook www.facebook/SRIoficialEcuador/. (I)