En marzo es el momento de presentar la declaración del impuesto a la renta correspondiente al 2023 para las personas naturales que están sujetas al régimen general y también para quienes hayan realizado una actividad económica que esté sujeta al Rimpe emprendedor.

El impuesto a la renta de estos dos regímenes se liquidará y pagará hasta marzo del 2024 de acuerdo al cronograma definido por el Servicio de Rentas Internas (SRI) según el noveno dígito de la cédula o del RUC.

  • Si el noveno dígito de la cédula es 1 la fecha de vencimiento es el 11 de marzo.
  • Si el noveno dígito de la cédula es 2 la fecha de vencimiento es el 12 de marzo.
  • Si el noveno dígito de la cédula es 3 la fecha de vencimiento es el 14 de marzo.
  • Si el noveno dígito de la cédula es 4 la fecha de vencimiento es el 18 de marzo.
  • Si el noveno dígito de la cédula es 5 la fecha de vencimiento es el 18 de marzo.
  • Si el noveno dígito de la cédula es 6 la fecha de vencimiento es el 20 de marzo.
  • Si el noveno dígito de la cédula es 7 la fecha de vencimiento es el 22 de marzo.
  • Si el noveno dígito de la cédula es 8 la fecha de vencimiento es el 25 de marzo.
  • Si el noveno dígito de la cédula es 9 la fecha de vencimiento es el 26 de marzo.
  • Si el noveno dígito de la cédula es 0 la fecha de vencimiento es el 28 de marzo.

SRI: estos dos trámites se deben hacer en febrero para pagar menos impuesto a la renta

Impuesto persona natural en régimen general

El SRI recuerda que las personas naturales que durante el ejercicio fiscal 2023 tuvieron ingresos anuales superiores a los $ 11.722 deberán presentar su declaración de impuesto a la renta hasta marzo del 2024.

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Y que para calcular este impuesto se restarán de la totalidad de los ingresos gravados las devoluciones, descuentos, costos, gastos y deducciones atribuibles a esos ingresos. A este resultado se debe aplicar la siguiente tabla:

Fracción básicaExceso hastaImpuesto fracción básicaImpuesto fracción excedente
0$ 11.72200 %
$ 11.722$ 14.93005 %
$ 14.930$ 19.385$ 16010 %
$ 19.385$ 25.638$ 60612 %
$ 25.638$ 33.738$ 1.35615 %
$ 33.738$ 44.721$ 2.57120 %
$ 44.721$ 59.537$ 4.76825 %
$ 59.537$ 79.388$ 8.47230 %
$ 79.388$ 105.580$ 14.42735 %
$ 105.580en adelante$ 23.59437 %

Impuesto Rimpe emprendedor

En tanto que las personas que hayan realizado una actividad económica sujeta al Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe) y cuyos ingresos anuales sean superiores a $ 20.000 y lleguen hasta $ 300.000 son considerados Rimpe emprendedor y deberán realizar el cálculo de su impuesto a la renta a pagar considerando el valor de sus ingresos conforme a la siguiente tabla:

Límite inferiorLímite superiorImpuesto a fracción básicaTipo marginal
-$ 20.000$ 600 %
$ 20.000$ 50.000$ 601 %
$ 50.000$ 75.000$ 3601,25 %
$ 75.000$ 100.000$ 672,51,50 %
$ 100.000$ 200.000$ 1.047,51,75 %
$ 200.000$ 300.000$ 2.797,522 %

Impuesto Rimpe negocio popular

El SRI también recuerda que las personas naturales del régimen Rimpe negocio popular deben realizar un pago único de $ 60 por concepto de impuesto a la renta e impuesto al valor agregado (IVA) siempre y cuando sus ingresos no hayan superado los $ 20.000 en el año.

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El pago se debe realizar hasta mayo del 2024, de acuerdo al noveno dígito de la cédula o RUC.

  • Si el noveno dígito de la cédula es 1 la fecha de vencimiento es el 10 de mayo.
  • Si el noveno dígito de la cédula es 2 la fecha de vencimiento es el 13 de mayo.
  • Si el noveno dígito de la cédula es 3 la fecha de vencimiento es el 14 de mayo.
  • Si el noveno dígito de la cédula es 4 la fecha de vencimiento es el 16 de mayo.
  • Si el noveno dígito de la cédula es 5 la fecha de vencimiento es el 20 de mayo.
  • Si el noveno dígito de la cédula es 6 la fecha de vencimiento es el 20 de mayo.
  • Si el noveno dígito de la cédula es 7 la fecha de vencimiento es el 22 de mayo.
  • Si el noveno dígito de la cédula es 8 la fecha de vencimiento es el 27 de mayo.
  • Si el noveno dígito de la cédula es 9 la fecha de vencimiento es el 27 de mayo.
  • Si el noveno dígito de la cédula es 0 la fecha de vencimiento es el 28 de mayo.