En sesión virtual extraordinaria, este viernes 18 de julio, el pleno del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) resolvió la causa relacionada con la remoción del cargo del alcalde del cantón Loja, Franco Quezada.

A fines de junio pasado, el Concejo Municipal de Loja decidió remover de su cargo al alcalde, tras aplicar un proceso administrativo promovido por Ramiro Delgado.

La solicitud se configuró con base en el literal C del artículo 333 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), que establece como causal de remoción el “incumplimiento legal y debidamente comprobado de las disposiciones contenidas en este Código, de las ordenanzas o de las resoluciones adoptadas por los órganos normativos de los gobiernos autónomos descentralizados, sin causa justificada”.

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Tras ello, ante el tribunal, Quezada presentó la solicitud de absolución de consulta sobre el procedimiento de remoción el 1 de julio de 2025, es decir, dentro del periodo de tres días establecidos en el artículo 336 del Cootad.

Los argumentos que planteaba la absolución de consulta describieron la consulta, actuaciones realizadas en el proceso de remoción, los fundamentos jurídicos en las que sustenta la consulta y se refiere a la naturaleza del proceso.

El funcionario dijo que no pretendía desvirtuar los cargos imputados de manera “errada” y, por otra parte, deseaba dejar constancia de que no incurrió en la causal de remoción determinada en el literal c del artículo 333 del Cootad, ya que “ninguna de las acciones señaladas correspondía a su responsabilidad directa y personal”, afirmó.

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En el procedimiento, dijo que se vulneró el debido proceso e inobservaron formalidades sustanciales en diversos aspectos.

Pese a ello, con cinco votos a favor, el pleno del Tribunal Contencioso Electoral dictó absolución de la consulta, con lo que se ratificó la medida planteada por el Concejo.

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Así lo determinaron los jueces Ángel Torres, Joaquín Viteri, Guillermo Ortega, Juan Maldonado y Richard González. (I)