En Ecuador hay dos formas de adquirir la nacionalidad de acuerdo a la Constitución, una de ellas es por nacimiento y la otra por naturalización. Esta no se perderá ni por matrimonio, disolución de este ni por la adquisición de otra.

El artículo 8 de la Carta Magna es claro acerca de quienes pueden ser ecuatorianos por naturalización:

  • Las que obtengan la carta de naturalización.
  • Las extranjeras menores de edad adoptadas por una ecuatoriana o ecuatoriano, que conservarán la nacionalidad ecuatoriana mientras no expresen voluntad contraria.
  • Las nacidas en el exterior de madre o padre ecuatorianos por naturalización, mientras aquellas sean menores de edad; conservarán la nacionalidad ecuatoriana si no expresan voluntad contraria.
  • Las que contraigan matrimonio o mantengan unión de hecho con una ecuatoriana o un ecuatoriano, de acuerdo con la ley.
  • Las que obtengan la nacionalidad ecuatoriana por haber prestado servicios relevantes al país con su talento o esfuerzo individual.

Guillermo Lasso ha otorgado la nacionalidad ecuatoriana a cuatro personas en lo que lleva de mandato

En el país era común conocer el caso de entrega de nacionalidad a deportistas por servicios relevantes en esa área. Estos se han obtenido por decreto presidencial y ha sido criticado a nivel general.

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Los ciudadanos extranjeros que busquen ser ecuatoriano deben seguir un trámite en las coordinaciones zonales del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. El artículo 71 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana establece que los extranjeros interesados en la carta de naturalización deben residir de forma regular y continua al menos tres años en el país y si son reconocidas como apátridas por el Estado deben haber permanecido en Ecuador al menos dos años a partir de su reconocimiento.

La solicitud tiene un costo de 50 dólares y si se le otorga deberán cancelar 750 dólares, según especifica el portal Gob.ec.

Cuántas nacionalidades puede poseer una persona

En la normativa también se establecen los requisitos de partida de nacimiento o prueba supletoria debidamente legalizada y traducida al castellano, conocer los símbolos patrios, copia de documento de identidad o pasaporte legalizado, una entrevista donde exponga los motivos para adquirir la nacionalidad y demostrar medios lícitos de vida en el país, con excepción de los menores de 18 años o personas con discapacidad que dependan de un tercero.

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El reglamento de esa ley establece en su artículo 67 que además de la entrevista es necesario una prueba de conocimientos. Allí el interesado en obtener la naturalización deberá obtener un total del 90% de la nota total del examen, es decir, 27 puntos sobre 30. Dentro del examen se plantean preguntas de diversas temáticas de ‘cultura general’.

“La persona extranjera que no obtiene dicha calificación, deberá rendir el examen por dos ocasiones más en la siguientes convocatorias, mediando treinta (30) días entre cada una. Si al tercer intento, la persona solicitante no aprueba la evaluación, deberá esperar un año para volver a presentar la solicitud de naturalización”, se indicó. Los menores de 18 años así como las personas con discapacidad intelectual y adultos mayores no realizan la prueba de conocimientos.

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Cubanos solicitan mayoritariamente ser ecuatorianos

En el 2022, según cifras del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, 506 personas extranjeras obtuvieron la ciudadanía ecuatoriana. De las cuales 252 fueron por carta de naturalización.

Los ciudadanos originarios de Cuba fueron los que mayoritariamente lograron el proceso con 210 naturalizaciones mediante este proceso que incluía el examen, le siguieron los oriundos de Venezuela con 14, peruanos y sirios con 3 naturalizaciones. (I)