La Ley Orgánica para impulsar la Economía Violeta entró en vigencia el 20 de enero de 2023 y su reglamento, que especifica sus mecanismos de aplicación, rige desde el 20 de noviembre de ese mismo año.

Algunas de las provisiones más importantes tienen que ver con incentivos tributarios para el sector privado a cambio de crear plazas de trabajo y contratar mujeres; mecanismos de prevención contra acoso sexual y discriminación en los procesos de contratación; licencias de lactancia y de maternidad; elaboración de planes de igualdad para cada empresa; igualdad de remuneración, y la obligatoriedad de tener a al menos una mujer por cada tres miembros de los directorios de las compañías.

Estos y más temas serán discutidos en el foro “Mujeres que rompen paradigmas”, organizado por Diario EL UNIVERSO, que se llevará a cabo en el aula magna de la Universidad de Especialidades Espíritu Santo (UEES) el próximo miércoles, 28 de agosto, de 10:00 a 13:00.

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Incentivos tributarios para el sector privado

“El mayor enganche de esta ley para el sector empresarial es la promesa del incentivo tributario”, explica la analista económica Paola Ycaza y agrega que la normativa busca expandir las oportunidades y la igualdad de trato para mujeres principalmente en el ámbito empresarial.

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La reglamentación indica que las empresas pueden recibir una deducción adicional de hasta 140 % en gastos por remuneraciones, beneficios sociales y aportes al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social por la creación de plazas de trabajo para mujeres.

Sin embargo, la experta cree que aunque la ley “es excelente para las que ya están adentro”, es decir, que ya tienen un empleo formal, no necesariamente ayudaría a que las mujeres salgan de la informalidad.

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Según el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la tasa de desempleo en mujeres para julio de 2024 fue de 5 %, en comparación con la de 2,8 % en hombres. 181.740 mujeres estuvieron sin trabajo en ese mes, en comparación con la cifra del mismo periodo del año pasado, que alcanzó 157.459. Esto significa que la tasa de desempleo en mujeres ecuatorianas se incrementó de 4,5 % en julio del 2023 a 5 % en el mismo periodo de este año.

La informalidad es otro factor: de 3′431.640 mujeres con algún tipo de empleo en el país, solo 962.364 tienen un trabajo pleno. El resto entra en la categoría de subempleo, empleo no pleno o no reciben remuneración a cambio de su labor.

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“Hay muchas mujeres estudiando, sí, pero lamentablemente no se refleja en los cargos (...). Los cargos más altos en hospitales, por ejemplo, normalmente los ocupan hombres”, dice.

A su vez, la vigilancia del cumplimiento de muchas de las indicaciones de la ley depende de inspecciones del Ministerio del Trabajo. Angélica Gómez, coordinadora de la carrera de Derecho de la Universidad Casa Grande, considera que el nivel de control dependerá de la voluntad política de las instituciones y del cambio cultural que deberán configurar las empresas gradualmente en su accionar.

Perú es un ejemplo de un país vecino que ha implementado el concepto de la economía violeta a su legislación, aunque se introdujo recientemente y todavía no se puede medir el efecto de los cambios instaurados. “Para Latinoamérica siempre será un reto poder implementar estas medidas por la situación de sus países y por su cultura”, expresa.

Gómez y su equipo están desarrollando una investigación sobre el raciocinio de los legisladores al debatir y construir esta ley, un aspecto poco analizado de la construcción de normativas en el país, dice la abogada. (I)

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