Los Estados Unidos favorece la reunificación familiar de los inmigrantes. Y por eso tiene leyes de inmigración que permiten a los ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes, aquellos que tienen la tarjeta verde, a solicitar que algunos familiares inmediatos vivan y trabajen en el país.

Las leyes de inmigración de los Estados Unidos, que rigen la reunificación familiar basada en el parentesco, no tratan a todos los vínculos de relación familiar por igual.

Los lazos familiares directos tienen preferencias sobre otros, y esta justificación va a determinar cuál pariente califica para emigrar a los EE.UU. y bajo qué categoría preferencial lo podrían ubicar, tal como publica el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).

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El peticionario debe llenar y enviar el formulario I-130 (en inglés). Recuerde firmar el formulario y adjuntar el pago de la tasa de presentación correspondiente. Foto: Istock

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Cuanto menos directo sea el vínculo familiar entre el patrocinador y su pariente, más será el tiempo de espera y menos prioridad tendrá el familiar para ser un inmigrante y obtener una tarjeta de residencia.

¿Cómo puedo traer a mis hijos a vivir a Estados Unidos por reunificación familiar?

El ciudadano de los Estados Unidos que haga una petición de reunificación familiar para un hijo que ya viva en los EE.UU., debe presentar una solicitud de familiar extranjero (formulario I-130). Y el hijo debe enviar una solicitud de registro de residencia permanente o ajuste de estatus (formulario I-485).

El proceso toma en cuenta los años de edad y el estado civil del hijo. Foto: vzphotos

Un ciudadano estadounidense puede pedir a sus familiares directos para que vivan y trabajen en los Estados Unidos, los cuales tienen una visa de inmigrante disponible de inmediato:

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  • Cónyuges.
  • Hijos solteros menores de 21 años.
  • Padres (si el ciudadano tiene 21 años o más).
  • Si el pariente extranjero no entra en este grupo directo, entonces debe considerar las siguientes categorías de preferencias para otros familiares de ciudadanos de los Estados Unidos:
  • Hijos solteros mayores de 21 años. Primera preferencia (F1).
  • Hijos casados de cualquier edad. Tercera preferencia (F3).
  • Hermanos (si el ciudadano tiene 21 años o más). Cuarta preferencia (F4).
  • Un residente permanente legal de los Estados Unidos también puede presentar una petición de familiar extranjero a nombre de los siguientes parientes:
  • Cónyuges e hijos solteros menores de 21 años. Segunda preferencia A (F2A)
  • Hijos solteros mayores de 21 años. Segunda preferencia B (F2B)

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