El proyecto de ley urgente del Ejecutivo de Integridad Pública, remitido a la Asamblea Nacional el 27 de mayo pasado, experimenta varias modificaciones, pasó de reformar dos leyes a intervenir en once normativas vigentes, relacionadas con la contratación pública, el derecho penal, régimen de juzgamiento de adolescentes, código monetario y financiero, entre otras.

Inicialmente se denominó proyecto de Ley de Innovación y Fortalecimiento de la Gestión Pública y desde el 12 de junio pasó a llamarse proyecto de Ley de Integridad Pública.

En ese documento, para el primer debate en el pleno, se empaquetaron reformas a once leyes, cuando inicialmente solo se reformaba la Ley del Sistema Nacional de Contratación Pública y la Ley de Servicio Público.

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Incluso, en la última etapa del trámite del primer informe se incluyó una reforma a la Ley de Solidaridad Nacional, que fue aprobada el 7 de junio pasado y entró en vigencia el 10 de junio. El cambio tiene relación con el artículo 14 de la ley referente al indulto presidencial con efecto diferido.

En esa reforma se reemplaza el artículo 14 del proyecto por el siguiente: “En ningún caso podrán ser beneficiarios de esta medida quienes se encuentren procesados por delitos contra la eficiencia de la administración pública, a excepción del delito de extralimitación en la ejecución de un acto de servicio. Tampoco podrán beneficiarse del indulto presidencial con efecto diferido en el marco del conflicto armado interno quienes se encuentren procesados por delitos de genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro y homicidio por razones políticas o de consciencia".

Lista de leyes por reformarse

La lista de las leyes que serán reformadas en el segundo proyecto económico de Integridad Pública, son las siguientes:

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  • Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, apunta a fortalecer el  sistema de contratación pública al establecer controles automatizados, exigir certificación técnica de los operadores y garantizar trazabilidad y transparencia a través de un portal único que puede operar con inteligencia artificial.
  • Ley Orgánica del Servicio Público, impulsa una administración más profesional, transparente y confiable, al establecer innovadoras evaluaciones periódicas de desempeño. Incorpora mecanismos como las pólizas de fidelidad y reglas específicas para el teletrabajo, fortaleciendo la integridad institucional y asegurando que el talento humano público actúe con eficiencia, responsabilidad y compromiso ético.
  • Código Orgánico Monetario y Financiero, se relaciona con la designación del gerente del Banco Central del Ecuador de forma directa por parte del presidente de la República y ya no por la Junta de Política de Regulación Monetaria.
  • Código Orgánico Integral Penal, incorpora el delito de prevaricato ya no solo para jueces y árbitro, sino también para fiscales, quienes estarán inhabilitados de por vida para el desempeño de la profesión de abogado. En el mismo sentido, el delito de prevaricato asociado a abogados.
  • Código de la Niñez y Adolescencia, tiene relación con la duración del internamiento preventivo, prescripción de las acciones por delitos sancionados con penas superiores a diez años; y el juzgamiento de los adolescentes infractores como adultos.
  • Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, se relaciona con la asesoría obligatoria que otorga dicho ente de control orientada a la contratación pública.
  • Ley Orgánica de Solidaridad Nacional, reforma el artículo 14 referente al indulto presidencial con efecto diferido en el marco del conflicto armado interno, donde se determina que en ningún caso podrán ser beneficiarios de esta medida quienes se encuentren procesados por delitos contra la eficiencia de la administración pública.
  • Código Orgánico General de Procesos, referentes a procesos de expropiaciones y ocupaciones forzosas y ocupación inmediata.
  • Código orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación, tiene relación con la designación de los directores ejecutivos de los institutos públicos de investigación.
  • Código Orgánico Administrativo, se refiere a la supresión de órganos o entidades de la administración pública por parte del presidente de la República siempre que se demuestre que en el proceso legislativo se objetó la creación o que no existió dictamen presupuestario para la emisión de esta disposición.
  • Ley Orgánica de Empresas Públicas, relacionada con los procesos de contratación bajo la modalidad de régimen especial realizados por las empresas públicas.

Debate

En la sesión N 0011 de la Asamblea Nacional se debatió para primer debate la Ley Orgánica de Integridad Pública. Foto: Carlos Granja Medranda

Durante el primer debate del proyecto de ley, la coordinadora de la bancada Revolución Ciudadana (RC), Viviana Veloz, insistió en los riesgos que tiene este proyecto urgente de ser declarado inconstitucional por la falta de unidad de materia, porque inicialmente la propuesta ingresó solo con reformas a la Ley de Servicio Público y al Sistema Nacional de Contratación; pero hoy se suman nueve reformas más.

También su coideario Raúl Chávez (RC-RETO) advirtió que el proyecto de ley en debate no tiene unidad de materia, lo cual podría ser objeto de una acción de inconstitucionalidad.

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El asambleísta Alfredo Serrano (PSC) advierte que tal como está concebida la ley, cualquier ciudadano puede presentar una acción de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional, porque ni en la exposición de motivos ni en los considerandos se exponen las razones por las cuales se incluyen las reformas penales, de niñez y adolescencia, reformas a la ley de Contraloría, al Código Monetario y Financiero, e inclusive cambios en la Ley de Solidaridad Nacional, en vigencia desde el martes 10 de junio pasado.

Serrano, al presentar sus observaciones a la ley en debate, propone incluir dos considerandos para darle forma al proyecto y evitar acciones de inconstitucionalidad.

Precisamente, para incluir el tema de que el juzgamiento de los adolescentes infractores sean sancionados como adultos solicita se añada un artículo dentro de la Ley de Solidaridad Nacional, recién aprobada, a fin de que esta reforma tenga conexidad con el conflicto armado no internacional, que está motivado en esa normativa.

El asambleísta nacional del PSC cuestiona la postura del legislador oficialista Andrés Castillo (ADN), quien sostiene que la unidad de materia de un proyecto económico urgente remitido por el Ejecutivo termina hasta que el Consejo de Administración Legislativa (CAL) califica la propuesta. Serrano afirma que la unidad de materia se mantiene siempre y el proyecto urgente deja de serlo el día que se aprueba, mientras tanto, se deben observar los principios básicos y requisitos como la unidad de materia. (I)

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