Una serie de beneficios económicos, sociales y educativos recibirán los hijos y familiares de las víctimas de femicido con la ley de reparación para este grupo aprobada en la Asamblea Nacional el pasado martes 28 de mayo de 2024 con 128 votos a favor.

La norma ampara a las hijas, hijos, madres, padres y familiares dependientes hasta el cuarto grado de consanguinidad de las víctimas de femicidio y otras muertes violentas por razones de género y quienes ejerzan su cuidado.

A continuación el detalle de los principales beneficios:

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1. Salud: el Ministerio de Salud garantizará el acceso prioritario a servicios de atención médica, psicosocial y psiquiátrica de forma preferente a las hijas, hijos, madres, padres y familiares dependientes hasta el cuarto grado de consanguinidad de las víctimas de femicidio y otras muertes violentas por razones de género y quienes ejerzan su cuidado.

2. Vivienda: el ministerio del ramo, dentro de sus planes y programas de vivienda de interés social, garantizará y priorizará las solicitudes presentadas por este grupo de afectados.

3. Educación: el ente rector de educación y el ente rector de educación superior garantizarán el derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes en situación de orfandad por femicidio y otras muertes violentas por razones de género, su no revictimización en la comunidad educativa y el acceso preferente a becas estudiantiles. Asimismo, diseñarán políticas encaminadas a garantizar este derecho,

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4. Trabajo: el ente rector de trabajo diseñará políticas encaminadas a garantizar el derecho al trabajo de los familiares dependientes hasta el cuarto grado de consanguinidad de las víctimas de femicidio y otras muertes violentas por razones de género y quienes ejerzan su cuidado.

5. Créditos preferentes: las entidades financieras públicas y privadas mantendrán líneas de crédito preferentes con tasas de interés reducidas para estos beneficiarios.

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6. Pensión mensual: según la normativa, los recursos destinados para la reparación de estos dependientes de víctimas de femicidio que están contemplados en el Presupuesto General del Estado contarán con un plan de gastos y ejecución específico para dar cumplimiento con una pensión mensual como apoyo de subsistencia. La administración, gestión y ejecución de los recursos estatales de reparaciones estará a cargo del Ministerio de Inclusión Económica y Social.

7. Apoyo en las diligencias judiciales y acceso a la justicia: El Estado, a través de los organismos competentes, garantizará y brindará a los hijos y familiares de las víctimas los siguientes servicios en este campo:

  • Servicios legales gratuitos que presta el Estado, incluyendo guía, acompañamiento, información detallada y la asignación inmediata de una o un defensor público especializado.
  • Gestión de servicios funerarios y repatriación del cadáver.
  • Dotación de traductores e intérpretes en lenguas ancestrales, lenguas de señas, braille y cualquier otro idioma que requiera la víctima.

Adicionalmente, en la norma se establece que la Asamblea Nacional declarará el 27 de septiembre como el día nacional en memoria de las víctimas de femicidio y otras muertes violentas por razones de género y otras muertes violentas por razones de género.

Y en el plazo de un año, el Gobierno Nacional construirá un monumento dedicado a recordar y conmemorar a las víctimas como forma de dignificarlas, recuerdo del contexto de violencia que padecieron y que el Estado se compromete a evitar en el futuro. El monumento se develará en una ceremonia pública.

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La ley aprobada pasó a manos del Ejecutivo para su sanción o veto; para ello tiene el plazo de 30 días. (I)