Dos investigaciones previas estarían en curso en la Fiscalía General del Estado, como resultado de los testimonios recabados en la audiencia de juzgamiento a cinco sospechosos del asesinato del político ecuatoriano Fernando Villavicencio Valencia.

El anuncio lo hizo la agente de la Fiscalía General Ana Hidalgo Guayaquil, este 12 de julio de 2024, en el octavo día de audiencias por el crimen del político y cuando pidió la máxima pena para los cinco procesados.

Este viernes, el Tribunal de Garantías Penales de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha reinstaló la audiencia de juzgamiento y preveía dictar su sentencia a las 16:30, por el crimen de Villavicencio, ocurrido el 9 de agosto de 2023, en las afueras del coliseo del colegio Anderson, ubicado en el norte de Quito, cuando concluía un mitin político a propósito de su candidatura presidencial en las elecciones generales anticipadas.

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Hasta el momento no se reinstala la audiencia.

Este delito está tipificado en el artículo 140 del Código Orgánico integral Penal que sanciona a la persona que “mate a otra será sancionada con pena privativa de libertad de 22 a 26 años” y como agravantes los numerales 9 y 10, que detallan: “si la muerte se produce durante concentraciones masivas, tumulto, conmoción popular, evento deportivo o calamidad pública”; y, “perpetrar el acto en contra de una o un dignatario o candidato a elección popular, elementos de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, fiscales, jueces o miembros de la Función Judicial por asuntos relacionados con sus funciones o testigo protegido”.

Con ello, la pena ascendería a los 30 o 31 años, para los autores mediatos y entre los 25 años para los cómplices.

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Sobre esa base, Hidalgo solicitó la pena para cinco personas y en los siguientes grados:

  • Carlos Edwin A. L. alias Invisible: autor mediato
  • Laura Dayanara C. V. alias la Flaca: coautora mediata
  • Érick Marcelo R. P. : cómplice
  • Víctor Alfonso. F.: cómplice; y,
  • Alexandra Elizabeth Ch. F.,: cómplice.

Este viernes, el Tribunal, presidido por el juez ponente Milton Maroto, cerró la etapa de la práctica de la prueba con la presentación de los testigos de la defensa de los cinco procesados y escuchó los alegatos de cierre de las partes procesales.

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De los cinco sospechosos, cuatro dieron breves testimonios y solo Laura C. V., se acogió al derecho constitucional al silencio y lo proclamaron a viva voz ante el Tribunal, mediante una transmisión en vivo por una plataforma electrónica, ya que se encuentran recluidos en dos cárceles del país.

En el caso de Carlos A. L., Invisible, se encuentra en la cárcel regional La Roca en Guayas. Desde ahí cuestionó a la Fiscalía de haber violentado sus derechos constitucionales involucrándolo en una investigación por un asesinato que no cometió, aseveró, pues el día de los hechos él se encontraba preso en la cárcel de Latacunga.

“Se dicen cosas que no son ciertas, se habla de la extracción de (información) de un teléfono celular, sabrá Dios de dónde habrá salido”, reprochó y aseguró que él es un “chivo expiatorio en un caso mediático”.

De acuerdo con la investigación de la Fiscalía, se vinculó a Invisible al caso al obtener información de un peritaje al teléfono celular Iphone que se le cayó al sicario de Villavicencio, Johan Castillo, alias Ito, (que murió el día del hecho) y que daba cuenta de conversaciones con un contacto denominado INV1, que sería Carlos A. L.

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Este último le había enviado mensajes en el que le decía, entre otras cosas, “Hágale” Durante las pericias, se había concluido que la señal del número + 177 (extranjero) provenía de la cárcel de Cotopaxi, de la celda de Carlos A. L.

Adicionalmente, indicó que el testimonio anticipado de José A., lo había reconocido como parte de la preparación del crimen.

La fiscal Hidalgo indicó que Carlos A. L., era líder de una de las facciones del grupo de delincuencia organizada (GDO) Los Lobos y fue quien dio la orden de ejecutar a Villavicencio.

Su defensa intentó que el Tribunal acepte una prueba nueva que consistía en un video guardado en una pendrive obtenido de la red social TikTok, en la que José A. sostenía que habría sido coaccionado durante el testimonio anticipado.

El tribunal rechazó la prueba nueva, porque se desconocía su origen, legitimidad y no estaba periciado.

Su defensa técnica también alegó errores en la cadena de custodia del teléfono celular, que mantenía la Fiscalía.

A Laura C., la fiscal la consideró como la “coordinadora de la logística”, es decir, quien proveía de vehículos, motos, armas, prendas de vestir alusivas a la campaña electoral de Villavicencio.

La agente de Fiscalía detalló que si bien Laura C. V. no tiene una conexión laboral conocida, en una cuenta de banco movía más de $ 80.000, que serían por presuntas actividades ilícitas, tomando en cuenta que era investigada por microtráfico.

Érick R. P. dijo que él desconoce de lo que ocurrió el 9 de agosto de 2023. “No sé absolutamente nada” y se acogió al derecho al silencio.

Víctor F., de nacionalidad colombiana, contó que fue detenido mientras conducía su moto y se acogió al silencio.

A los dos se los acusa de conducir dos motocicletas en las que se daba seguridad a Laura C. V., quien iba en un vehículo KIA, según las investigaciones.

Alexandra Ch. F., contó que el día de los hechos ella se encontraba retirando unos formularios del colegio Central Técnico y que no tenía nada que ver con lo que la acusan.

A ella, la fiscal la identifica como la persona que se encontraba dentro del coliseo del antiguo colegio Anderson, para dar aviso de la entrada y salida de Villavicencio y había dado “luz verde” para que se cometa el crimen.

Mientras estos hechos se relataban, Laura C., Alexandra Ch. y Víctor F. veían juntos la audiencia desde una computadora en la cárcel de Latacunga.

Las dos mujeres cubrían los rostros con capuchas o con las manos. El hombre se mantenía por largos momentos meciéndose en su silla y con los brazos cruzados.

Sus abogados defensores desestimaron los argumentos de la Fiscalía e insistieron que no existen las pruebas suficientes que los vinculen al hecho.

En el caso de Érick R., y Víctor F., por ejemplo, se dijo que estaban detenidos por retención de un vehículo, por lo que no habrían tenido participación.

Pidieron que se ratifique el estado de inocencia de sus defendidos.

Al concluir sus alegatos, la fiscal Ana Hidalgo aclaró al tribunal y a las demás partes procesales que del testimonio de José A. se desprendió una nueva investigación previa en contra de otros sospechosos como de Chino Honda, que había sido mencionado, y que sería líder de un GDO.

Y la otra, en contra de autoridades y altos oficiales, como generales de la Policía Nacional que no habrían atendido los requerimientos de protección para el candidato que había solicitado su cápsula de seguridad, incluso, un día antes del crimen, de acuerdo con el testimonio de Cristian C., agente de Policía.

Los acusadores particulares, Verónica Sarauz viuda de Villavicencio; de Amanda y Tamia Villavicencio, hijas; y de Cristina Villavicencio, hermana, se adhirieron a los alegatos de la Fiscalía, pero exigieron sanciones por el crimen imponiendo la máxima pena agravada.

Hidalgo solicitó una reparación integral por el daño ocasionado para los familiares, con base en una evaluación técnica del INEC de que Villavicencio tenía una expectativa de vida de 77 años y 87 días y sus ingresos anuales eran de $ 37.000 anuales.

Así también, reparación integral para las víctimas colaterales -que fueron heridas durante el ataque del 9 de agosto- y han tenido que someterse a intervenciones médicas o reparar daños de vehículos. (I)