Según el protocolo aprobado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) para vigilar que se respete la prohibición del uso de celulares y dispositivos electrónicos en el momento del sufragio, los miembros de las juntas receptoras del voto (MJRV) sí pueden tenerlos con ellos durante la jornada electoral. Pero a partir de las 17:00, al cierre de las votaciones, lo tienen prohibido.

En el documento del CNE constan cuatro directrices para los MJRV. Son las siguientes:

1. Durante la fase de escrutinio, la cual se inicia a las 17:00, los miembros de las juntas no pueden utilizar dispositivos móviles, eléctricos y/o electrónicos; excepto el vocal escrutador para que pueda realizar las operaciones matemáticas necesarias para llenar las actas de escrutinio.

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2. En caso de que un miembro de junta receptora del voto incumpla este protocolo, el coordinador de mesa llenará por duplicado la “Boleta de presunto cometimiento de infracción electoral” para entregar una copia al vocal y otra para la Delegación Provincial Electoral.

3. Una vez que los MJRV han culminado con la fase de escrutinio y han procedido a entregar una copia del acta de escrutinio para conocimiento público y resumen de resultados a los delegados de las organizaciones políticas debidamente acreditados, podrán hacer uso de sus dispositivos móviles, eléctricos y/o electrónicos.

4. Los MJRV deben facilitar la tarea de los observadores acreditados oficialmente, de los delegados de las organizaciones políticas y los medios de comunicación.

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Tanto para los MJRV como para los electores la sanción que se aplicará si no cumplen las disposiciones del organismo electoral son multas de hasta $ 32.000 y la suspensión de los derechos políticos.

El CNE tomó esta resolución en atención a denuncias del Gobierno de Daniel Noboa respecto a que algunos votantes fueron amenazados para decantarse por una u otra opción electoral, o se les compraba el voto. (I)