La Asamblea Nacional, de forma unánime, estableció los plazos para el tratamiento de los proyectos de ley que estaban en trámite en las comisiones especializadas permanentes durante el periodo anterior, pero que fueron interrumpidos debido al proceso de transición y la posesión de los nuevos asambleístas.
En la sesión plenaria del viernes 30 de mayo, 138 asambleístas aprobaron una resolución, en la cual determinaron que las comisiones legislativas permanentes y ocasionales tendrán una prórroga de 60 días para presentar los informes para primero o segundo debate de aquellos proyectos de ley que a la fecha del inicio del periodo legislativo 2025-2029, hayan vencido los plazos.
En cambio, tendrán diez días contados a partir de este 30 de mayo de 2025, aquellas comisiones permanentes y ocasionales que a la fecha del inicio del actual periodo legislativo hayan vencido el plazo para presentar los informes para conocimiento del pleno.
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La resolución se aplica a los plazos previstos en la Ley Orgánica de la Función Legislativa y en su normativa interna respecto de las Comisiones Especializadas Permanentes y Ocasionales. No se entenderá como extensivo a procesos cuyos términos y plazos se encuentren normados en la Constitución de la República del Ecuador o en otros cuerpos legales.
La resolución, según lo aprobado, entrará en vigencia a partir de la fecha de su adopción por el pleno de la Asamblea Nacional. (I)