La asambleísta electa Priscila Schettini (RC) y la abogada Angélica Porras, en un video difundido en redes sociales, anunciaron que no acataran las medidas de reparación dispuestas por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) por violencia política de género contra la fiscal del Estado, Diana Salazar.

El pasado 1 de mayo de 2025, dos jueces y dos conjueces electorales negaron el recurso de apelación presentado el 15 de junio de 2024 por las denunciadas Nelly Priscila Schettini y Angélica Ximena Porras Velasco en contra de la sentencia de instancia expedida el 6 de junio de 2024.

Con ello, el TCE en última instancia ratificó la responsabilidad de las denunciadas por haber incurrido en las infracciones tipificadas en los numerales 1 y 7 del artículo 280 del Código de la Democracia, relacionado con violencia política de género en el que se determinan los actos de esta infracción basados en su género en el ámbito político.

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El numeral 1 se refiere a acciones que “amenacen o intimiden en cualquier forma a una o varias mujeres o a sus familias y que tengan por objeto o resultado anular sus derechos políticos, incluyendo la renuncia al cargo o función que ejercen o postulan”.

El numeral 7 del artículo 280, en cambio, señala acciones que “divulguen imágenes, mensajes o revelen información de las mujeres en ejercicio de sus derechos políticos, por cualquier medio físico o virtual, en la propaganda política electoral o en cualquier otra que basadas en estereotipos de género transmitan o reproduzcan relaciones de dominación, desigualdad y discriminación contra las mujeres, con el objetivo de menoscabar su imagen pública o limitar sus derechos políticos”.

Priscila Schettini Castillo fue suspendida de sus derechos políticos por tres años, contados a partir de la fecha en que se produzca la ejecutoria de la sentencia, y deberá pagar la multa equivalente a 50 salarios básicos unificados del trabajador en general, calculados a la fecha del cometimiento de la infracción electoral, es decir, $ 22.500. La multa será pagada en un plazo máximo de seis meses y el Consejo Nacional Electoral verificará el cumplimiento o empezará de oficio el proceso coactivo correspondiente.

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En el caso de Angélica Porras, ella fue suspendida de sus derechos políticos por dos años y sancionada a pagar una multa de 30 salarios básicos unificados del trabajador en general, calculados a la fecha del cometimiento de la infracción electoral, es decir, $ 13.500. También debe ser pagada en seis meses, a partir de que se ejecutoríe la sentencia.

Las medidas de reparación dispuestas por el TCE establecen que las denunciadas están obligadas a dar de baja de sus cuentas de redes sociales —@PrisSchettini y @angeporras1971— todas las publicaciones que contengan los hashtags #Ladyimpericia, #Ladyimpericias o que hagan mención a la cuenta de @DianaSalazarM2.

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Asimismo, ofrecer disculpas públicas a Lady Diana Salazar Méndez en las cuentas de redes sociales @Prisschettini y @angeporros1971 dentro del plazo máximo de diez días. Este mensaje debe permanecer publicado y fijado en dichas cuentas por un periodo de 180 días.

De igual forma, ofrecer disculpas públicas a Jasmín Salazar Méndez, (hermana de Diana Salazar) en las cuentas de redes sociales @PrisSchettini y @angeporras1971. El texto de las disculpas públicas será otorgado por el juez electoral y debe ser publicado de manera inmediata por un periodo de 30 días.

Finalmente, acudir en el plazo máximo de 30 días al Centro de Apoyo Integral Tres Manuelas u otra organización similar para que las denunciadas puedan recibir 40 horas de sensibilización contra la violencia política de género.

Denuncia

Las dos mujeres fueron denunciadas por la fiscal general del Estado, Diana Salazar, porque en incontables ocasiones y de forma permanente incurrieron en actos de violencia política de género y acoso político, con el objetivo de desacreditar su imagen pública para socavar, restringir, anular y acortar el ejercicio de sus funciones.

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Esos actos políticamente violentos se difundieron por redes sociales y medios de comunicación digital, a través de entrevistas, publicaciones, hashtags como #LadyPlagio, #LadyPaste, #LadyCopia, #Ladylmpericia, #Ladylmpericias, #PlagioFiscalGeneral y atentaron en contra de su dignidad, capacidad intelectual, profesionalismo, ética y su condición de mujer afroecuatoriana.

Además, a estos actos de acoso político se suman amenazas en la Universidad Central del Ecuador, donde obtuvo su título de abogada, con el fin de que este titulo profesional sea revocado antes de perder el cargo de fiscal general del Estado.

Igualmente, las accionadas por medio de un indebido uso del derecho y sin fundamento, con el solo propósito de deslegitimar su actuación y criminalizarla, le han proferido insultos como “inepta, incapaz, ignorante, corrupta, 10/20, mentirosa, fraude, ladrona”, con problemas en el conocimiento del derecho penal y desacreditando su capacidad intelectual; lo que constituye un acto de violencia política de género que se dirige en contra de mujeres con representatividad pública, según el contenido de la denuncia.

El juez Fernando Muñoz, el 6 de junio de 2024, sancionó a Schettini y Porras con la suspensión de sus derechos políticos y el pago de una multa, porque se determinó la existencia de actos sistemáticos de violencia política de género que afectaron la imagen personal y profesional de Lady Diana Salazar Méndez e incitaron a su renuncia al cargo que ostenta.

Las dos mujeres interpusieron una serie de acciones, recusaciones y apelaron la sentencia. El pasado 1 de mayo, el pleno del Tribunal Contencioso Electoral resolvió aceptar parcialmente el recurso de apelación y modificar las medidas de reparación dispuestas en la sentencia de instancia.

Reacción

Angélica Porras, en un video difundido en redes sociales, señaló que el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), a través de Fernando Muñoz, sentenció por violencia política de género a dos mujeres que “solo (tienen su) voz y la verdad contra todo el poder de la fiscal general del Estado”.

Afirmó que la sentencia en su contra responde a un hecho y emplazó al juez Fernando Muñoz a contarle al país que él está siendo investigado por la fiscal general del Estado, quien tiene abierta una investigación previa. “Esa es su imparcialidad”, sostuvo.

Porras aseguró que la sentencia se debe a que junto con Schettini defendió a Freddy Carrión, exdefensor del Pueblo, pues lograron que salga en libertad siendo un preso sin sentencia en firme. “Porque denunciamos a la fiscal por fraude procesal, porque denunciamos el plagio de la tesis y de un artículo de la fiscal general del Estado y lo hicimos públicamente. Denuncias que jamás la fiscal ha desvirtuado”, manifestó.

En el mismo video, Priscila Schettini calificó de corrupta la sentencia emitida por el TCE, que ordena el pago de $ 36.000, la suspensión por tres años de sus derechos políticos, disculpas públicas y la eliminación en sus redes sociales de todo lo que tenga que ver con el plagio.

Schettini anunció que no van a borrar nada de sus redes sociales, no se retractarán de ninguna denuncia de plagio que hicieron en contra de la fiscal Diana Salazar y no van a pedir disculpas públicas, a pesar de que esto las pueda llevar a la cárcel. “Estamos dispuestas a asumir esa responsabilidad, porque nosotras tenemos algo que usted no tiene, Diana Salazar, y es la verdad”, sentenció.

“Basta de utilizar la justicia como un instrumento de persecución política”, finalizó el video en el que participan Porras y Schettini.

Decisión

En lo sustancial, la decisión tomada por los jueces electorales Joaquín Viteri Llanga y Ángel Torres Maldonado y los conjueces Álvaro Ojeda Hidalgo y Édison Toro Calderón dispone lo siguiente:

Primero. Negar el recurso de apelación presentado el 15 de junio de 2024, a las 16:57, por las denunciadas Nelly Priscila Schettini y Angélica Ximena Porras Velasco en contra de la sentencia de instancia expedida el 6 de junio de 2024, a las 10:00.

Segundo. Negar el recurso de apelación presentado el 17 de junio de 2024, a las 16:54, por la denunciada Nelly Priscila Schettini Castillo en contra de la sentencia de instancia expedida el 6 de junio de 2024, a las 10:00.

Tercero. Aceptar parcialmente el recurso de apelación presentado el 17 de junio de 2024, a las 16:54, por la denunciada Angélica Ximena Porras Velasco en contra de la sentencia de instancia expedida el 6 de junio de 2024, a las 10:00.

Cuarto. Ratificar la responsabilidad de las denunciadas Angélica Ximena Porras Velasco y Nelly Priscila Schettini Castillo por haber incurrido en las infracciones tipificadas en los numerales 1 y 7 del artículo 280 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia.

Quinto. Ratificar la sanción pecuniaria y la suspensión de los derechos de participación política impuestas a las denunciadas Angélica Ximena Porras Velasco y Nelly Priscila Schettini Castillo.

Sexto. Modificar las medidas de reparación dispuestas en la sentencia de instancia, en los siguientes términos:

  • Dejar sin efecto la medida contenida en el numeral 5.1 de la parte dispositiva “Quinto” de la sentencia de instancia, respecto de que las denunciadas “no podrán publicar, por ningún medio, ningún tipo de comunicación que aluda a la doctora Lady Diana Salazar Méndez”.
  • Excluir al colectivo denominado Acción Jurídica Popular como obligado del cumplimiento de las medidas de reparación ordenadas en los numerales 5.2, 5.3 y 5,4 de la parte dispositiva “Quinto” de la sentencia de instancia, debiendo las partes, en lo demás, estar a lo dispuesto en los referidos numerales.

Séptimo. Una vez ejecutoriada la sentencia, remitir el expediente al juez de instancia para que proceda con la ejecución de las sanciones impuestas en la sentencia de primer nivel, conforme lo previsto en la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia. (I)