La Corte Provincial de Justicia del Guayas negó el recurso de apelación que presentaron la Procuraduría General del Estado (PGE) y otras instituciones públicas en contra de la sentencia de primera instancia del juez Johnny Lituma, de la Unidad Judicial Norte de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, que ordenó la restitución de los bienes incautados a los hermanos Roberto y William Isaías Dassum, exdueños del Filanbanco, por la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD).

El dictamen de la Corte fue notificado a las partes este lunes 12 de septiembre. La Sala Especializada de lo Penal de la provincia del Guayas dio a conocer su resolución 28 días después de la audiencia de estrados que se realizó el 16 de agosto, en la cual los involucrados, incluyendo a la defensa de los hermanos Isaías, expusieron sus alegatos.

La Sala declaró sin procedencia y rechazó la apelación, “en consecuencia, confirma en todas sus partes la sentencia dictada por el juez inferior”, dice el veredicto.

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En ese sentido, el Estado deberá devolver las propiedades y acciones que pertenecían a Roberto y William Isaías.

La desaparecida Agencia de Garantía de Depósitos incautó los bienes de los hermanos Isaías en 2008, durante la administración del expresidente de la República Rafael Correa. La AGD actuó con base en un informe de la firma Deloitte & Touche, que determinó un “hueco patrimonial” de $ 661 millones en Filanbanco; la institución bancaria recibió ayuda financiera del Estado en 1998.

La sentencia de primera instancia fue apelada por la Procuraduría, el Banco Central del Ecuador (BCE), la Secretaría Técnica de Gestión Inmobiliaria del Sector Público (Inmobiliar), el Ministerio de Agricultura y la Unidad de Gestión y Regularización de la Presidencia.

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Las entidades buscaban impedir que los expropietarios de Filanbanco recuperen los bienes. Solicitaron a la Corte Provincial que se declare la nulidad del dictamen de Lituma y pidieron la declaratoria jurisdiccional por error inexcusable, ya que habría supuestas inconsistencias en el fallo inicial.

La defensa de los Isaías, representada por el abogado Jorge Zavala Egas, sostuvo en la audiencia de estrados que el juez Johnny Lituma resolvió conceder la restitución porque se basó en un dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU, que estableció que el Estado ecuatoriano violó el derecho de los exbanqueros a las debidas garantías para impugnar el proceso de incautación en su contra.

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Al respecto, la Corte del Guayas concluyó que los dictámenes del Comité de Derechos Humanos de la ONU “son de efecto obligatorio y, además, directa e inmediatamente aplicables por los jueces del Ecuador”.

La Procuraduría no ha dado a conocer hasta el momento si impugnará la decisión de la Corte Provincial. (I)



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