Sin lugar a dudas, una de las instituciones con mayor recordación y descrédito a la vez, en la historia de la humanidad, es la Santa Inquisición, nombre con el que se bautizó a la Inquisición Pontificia, a partir de la emisión de la bula Excommunicamus por parte de Gregorio IX en el año de 1231. Esta forma de Inquisición sustituyó a la episcopal instaurada en 1215, luego del Cuarto Concilio de Letrán dirigido por el papa Inocencio III.

Los antecedentes de la Inquisición o Santo Oficio, como se le conocerá más tarde, se remontan a los inicios del cristianismo y en específico a la inclusión en la Biblia del concepto de herejía por parte del apóstol Pablo en su epístola a Tito, en la que se otorga dicha categoría a aquel que piense diferente o “divida por pensar”. De acuerdo con lo dicho por Pablo, al hereje que insista en su posición, debía expulsársele de la casa del cristiano, lo cual posteriormente, y a base del desarrollo dogmático generado por varios de los grandes pensadores de la Iglesia, entre ellos Agustín de Hipona, se tomó como fundamento para la imposición de la pena de muerte mediante quema en hoguera, establecida por Lucio III en la bula Ad Abolendam. Como se dijo anteriormente, 1215 año en que se realiza el cuarto Concilio de Letrán se constituye en un punto de inflexión en la historia de la Inquisición y del derecho procesal penal, pues se genera una nueva estructura de juzgamiento que reemplaza al viejo sistema acusatorio, bajo el argumento de racionalidad y búsqueda de la verdad.

Vale señalar que este nuevo sistema, denominado como inquisitorial, fue acogido en un principio con mucho optimismo y esperanza, pues el sistema acusatorio alto medieval, lleno de luchas corporales y ordalías se mostraba como claramente contrario a las leyes de la lógica y la razón. Poco tiempo pasó para que los habitantes de la Europa del siglo XIII se dieran cuenta de que con mucho, el remedio fue peor que la enfermedad. La inclusión de la tortura como mecanismo de obtención de la verdad por parte de Inocencio IV en la bula Ad Extirpanda de 1252 configuró completamente el cuadro del terror en el que se constituyó la Inquisición desde sus primeros tiempos. Cuando esta se encontraba ya practicante en desuso en la mayor parte de la Europa central, gracias a la reconquista de la península Ibérica y la suscripción de un acuerdo entre Fernando de Aragón e Isabel de Castilla, con el papa, se instituye la Inquisición española, como forma más acabada, compleja y, por qué no decirlo, salvaje de este esquema de terror y persecución.

Cabe insistir, en que los propósitos y fines que buscaba la Inquisición aparecían en principio como loables. La búsqueda de la verdad sustituyó a los viejos esquemas de producción probatoria en los que los “juicios de Dios” se constituirían como el principal mecanismo de resolución de conflictos. ¿Qué salió mal? ¿Por qué una estructura basada en la razón, la lógica y la investigación fue todavía más perversa que aquel esquema mágico e irracional anterior que sustituía? La respuesta la encontramos en la negación de derechos y garantías en las que se fundamentaba este nuevo sistema. Por una parte, la apropiación del conflicto por la autoridad pública, negó toda forma de adversarialidad en el proceso, por otra, la búsqueda de la verdad, presuponía la preexistencia de una hipótesis cierta, que obviamente era establecida por quien investigaba (juez) y toda su actividad probatoria, incluida la tortura, iba dirigida hacia la comprobación y ratificación de esa hipótesis inicial. Esto conlleva como consecuencia necesaria, la negación de toda forma de presunción de inocencia, del principio de imparcialidad y de la noción del procesado como sujeto de protección del proceso. A la final y como bien advierte siglos después Beccaria en su obra De los delitos y de las penas”, la verdad material a la que aspira todo procedimiento inquisitivo es sustituida por la versión que arranca el verdugo al procesado, mediante tortura.

Todavía es un misterio la cifra total de víctimas del Santo Oficio, pero debe reconocerse que su poder y popularidad fueron tales, que el procedimiento inquisitivo creado para la persecución de la herejía tuvo tanto éxito que terminó siendo asumido por la justicia secular para el procesamiento de todas las infracciones. De hecho, actualmente, la mayoría de países de la Europa continental y Latinoamérica todavía mantenemos estructuras procesales penales de corte claramente inquisitivo, aun cuando en reformas recientes, en el caso del Ecuador en el 2000, se haya incluido ciertos rasgos del acusatorio y algunas de las instituciones del proceso anglosajón como el plea bargain o procedimiento abreviado. (O)

¿Por qué una estructura basada en la razón, la lógica y la investigación fue todavía más perversa que aquel esquema mágico e irracional anterior que sustituía?