Es una expresión muy conocida en el ambiente judicial con la que se denomina en el argot jurídico el recurrir a la dolosa sustracción física del proceso, para desaparecer las evidencias materiales procesales o para evitar la ejecución del fallo. Ahora parece innecesario recurrir a estos fraudulentos extremos, los que además implican el riesgo de la reposición del proceso si maliciosamente se echa mano al recurso legal de la nulidad procesal, que en ocasiones finalmente aplicado, surte mayor efecto que la desaparición del proceso, porque el demandante habrá perdido dos, tres o más años que ha durado la litis, estando obligado a volver a demandar, y cuando probablemente haya prescrito su derecho por el tiempo transcurrido.

Hemos tratado en ocasión anterior acerca del enorme riesgo al que se somete a un juez o jueza, y a quienes esperan justicia de él, al concederle multicompetencia, el utópico conocimiento jurídico exhaustivo, sustantivo y procesal, mediante el toque por parte del Consejo de la Judicatura con la varita mágica de la sabiduría del Codex Romano, para resolver en forma ordinaria sobre todas las materias, constitucionales, civiles, mercantiles, inquilinato, penales y laborales, en vez de la privativa a cada uno de ellos, característica de todo juez.

La multicompetencia jurídica es propia de los jueces de paz, ejercida por medio de la solución pacífica como la conciliación, el diálogo, los acuerdos amistosos y otros métodos tradicionales practicados por las comunidades rurales.

Conferir otra clase de multicompetencia en estratos metropolitanos, como lo ha hecho el Consejo de la Judicatura, es una elasticidad interpretativa no concedida por el art. 245 del Código Orgánico de la Función Judicial.

La multicompetencia autorizada conferir al CJ en forma excepcional, actualmente la permite la ley para cantones rurales apartados, con una muy reducida población, no para Samborondón que forma parte del área metropolitana de Guayaquil, donde juzgan a una población de más de 150.000 habitantes, incluyendo a gran parte de los de mayores recursos económicos del país.

Samborondón, entre otros, está sujeto a la competencia de cuatro jueces a los que en vez de competencias privativas les han dispensado la multicompetencia, que por exceso de trabajo, por desconocimiento o por inmorales, algunos de ellos incurren muchas veces en errores inexcusables incomprensibles.

La multicompetencia fue otro de los muchos mecanismos de metida de mano a la justicia a la Función Judicial herencia de la corrupción correísta, que de subsistir se correría el riesgo de que algunos jueces ahora, en vez de obediencia sumisa a los designios de Carondelet, se la deban como buenos ahijados a sus influyentes padrinos.

El Consejo de la Judicatura es el llamado a corregir esta situación a la brevedad posible, adoptando las medidas correctivas que permitan una administración de justicia apegada a las normas constitucionales y legales, incorporando el área metropolitana de Samborondón a las unidades judiciales especializadas de Guayaquil como integrante de ella que es. (O)