La mañana de este lunes, 31 de marzo, se llevó a cabo la firma del Acuerdo de Regulación Especial de Intervención en las zonas cercanas a los Centros de Privación de Libertad a nivel nacional.

En el acto estuvieron autoridades del Ministerio de Defensa, la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE), el ministro del Interior, Policía Nacional y las Fuerzas Armadas y firmaron el acuerdo que consiste en que la CTE asuma el control del tránsito vehicular y peatonal en los exteriores de los Centros de Privación de Libertad.

CTE se desplegará en exteriores de cárceles de Ecuador para controles vehiculares en esas áreas

Están asignados 78 agentes de tránsito, dos camionetas, una grúa y cinco motocicletas, en turnos rotativos, asegurando un control vial continuo las 24 horas del día.

Publicidad

A más de la seguridad vial en la Red Vial Estatal, también se enfocará en las vías de acceso al Centro de Rehabilitación Social y al Centro de Privación de Libertad Regional n.° 8, en Guayaquil.

Pero, ¿cuáles serán las disposiciones para conductores y peatones?

  1. Restricción de parqueo

Se prohíbe el estacionamiento de vehículos en los exteriores de los Centros de Rehabilitación Social y del Centro de Privación de Libertad Regional n.° 8 de Guayaquil.

Publicidad

Esta prohibición incluye estacionarse en paralelo a la vía, en lanzadera, sobre las aceras o en cualquier área destinada previamente para este fin.


Publicidad

2.-Prohibición de transporte público

Esta restringe a la transportación pública urbana, intracantonal e interprovincial la posibilidad de recoger o dejar pasajeros en los 1.300 metros de vía donde se extienden los centros carcelarios, exceptuando la operación de la parada de la Metrovía.

3.-Bloqueo del carril

Aquí se cerrará el carril este en sentido sur-norte, desde el km 16,7 hasta la entrada a la población de Germania, en el km 18. El cierre se aplicará diariamente entre las 22:00 y las 05:00.

Publicidad

Para la correcta aplicación de estas medidas, se implementará señalización restrictiva conforme a la norma RTE INEN 004-1:2011, incluyendo señales verticales de “No Estacionar” (R5-1) y “No estacionar ni detenerse” (R5-2), con su respectiva placa complementaria de grúa (R6- 3). También la señalización de “No recoger ni dejar pasajeros” (R7-2). Señales de “Vía Cerrada” (T2-1B). Dispositivos de control como conos, tanquetas, barreras tipo New Jersey y letreros de cierre de carril. (I)