El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPC) convocará mañana al concurso público para designar a los defensores de audiencia y lectores, una vez que el pleno del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación (Cordicom) aprobó el reglamento que define el perfil y delimita las funciones de la nueva autoridad.

Tales designaciones están dispuestas en la Ley Orgánica de Comunicación; esa norma les otorga la atribución para actuar como intermediarios entre la ciudadanía y el medio de comunicación, a fin de resolver los conflictos generados por la presunta publicación de información errónea.

El reglamento del Cordicom, aprobado ayer en segundo y definitivo debate, indica que los defensores tienen la atribución de escuchar y defender a la ciudadanía, garantizar los derechos a la comunicación e información y promover la lectura crítica de los mensajes.

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Según el documento, el defensor deberá elaborar un informe mensual en el que incluirá recomendaciones no vinculantes, así como las respuestas que dio a la ciudadanía.

Además, se fija su salario en cuatro remuneraciones básicas unificadas; es decir que los defensores tendrán un ingreso mensual de $ 1.360, que será cancelado a través de la Superintendencia de Información y Comunicación (Supercom).

El salario, según el presidente del Cordicom, Patricio Barriga, será cancelado por los medios de comunicación de carácter nacional, que estarán obligados a dar las facilidades para que el defensor pueda desarrollar su trabajo; entre estas, un espacio físico. Esto, pese a que su presencia puede o no ser necesaria en ese lugar.

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La idea, según Barriga, es que los medios de comunicación promuevan la participación de los ciudadanos y, paralelamente, los defensores tengan las herramientas que requieran para tramitar y procesar con agilidad los reclamos de la ciudadanía, entregados en forma directa, a través del teléfono o del correo electrónico.

Los defensores se regirán por principios de independencia, autonomía, gratuidad, corresponsabilidad, prohibición de censura previa, accesibilidad. además de confiabilidad y reserva de la información, menciona el reglamento.

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Según la normativa, el defensor cesará en funciones por incapacidad física, incumplimiento, falta de probidad, destitución, muerte o por dejar de pertenecer a un medio de comunicación nacional. Además, puede ser destituido por recibir dádivas, hacer proselitismo político, acudir en estado de ebriedad, entre otras causales.

61 medios nacionales
tendrán la obligación legal de incorporar a la nueva figura del defensor de audiencia y lectores.