El próximo 13 de agosto en Quito se realizará una audiencia para resolver el recurso de hábeas data interpuesto por la defensa de Ricardo Rivera, sentenciado a seis años de reclusión por el delito de asociación ilícita relacionada a la trama de corrupción de Odebrecht en Ecuador y tío del exvicepresidente Jorge Glas, también sancionado con la misma pena en el mismo caso.

Anibal Quinde, abogado de Rivera, asegura que la acción de hábeas data fue planteada en razón de que el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) no ha entregado ningún tipo de respuesta ante la solicitud de prelibertad que presentaron hace varias semanas atrás ante un juez de garantías penitenciarias.

"Lo que se ha solicitado es un hábeas data a fin de que dicho ente (SNAI) consigne la información o respuesta al pedido de prelibertad. (...) La audiencia es solo para efectos de la entrega de la información. Aquella falta de entrega de información que por violentar el plazo racional, prudencial o razonable deberá declararse la vulneración del derecho y la entrega de la documentación en el tiempo que conceda el juez constitucional", explicó Quinde, al tiempo de descartar que en esa diligencia se resuelva si se acepta o no el pedido de prelibertad.

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El 13 de diciembre de 2017, un Tribunal de Juicio de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) sentenció por asociación ilícita a Glas, Rivera, Carlos Villamarín, Edgar Arias y a Ramiro Carrillo. A cada uno se le impuso la pena de seis años, en calidad de autores, "conforme el artículo 42 del Código Penal (CP) (42 del Código Orgpanico Integral Penal (Coip)), del delito tipificado y reprimido en los artículos 369 y 370 CP", asociación ilícita.

Por esta sentencia, Ricardo Rivera fue internado en el Centro de Rehabilitación Social (CRS) Regional de Guayaquil.

Quinde asegura que solicitó el beneficio penitenciario de la prelibertad definido en el CP anterior y no el beneficio del régimen semiabierto dispuesto en el Coip. Aparentemente el pedido se basaría en que Rivera cumplió las dos quintas partes de la pena ya ejecutoriada que está dispuesto en el Código Penal derogado en 2014..

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Un razonamiento similar al de Quinde mantiene la defensa de Glas, Harrison Salcedo, quien el 13 de mayo pasado presentó ante el sistema de garantías penitenciarias una solicitud para que se analice el pedido de prelibertad a favor de su cliente. Ante este pedido tampoco exite una resolución en firme de si se acepta o no lo solicitado por la defensa del exsegundo mandatario.

Salcedo recordó que los jueces de la CNJ aplicaron un principio de ultractividad de la Ley que "le perjudicaba en su momento" a Glas para definirle una pena de seis años por asociación ilícita en base al CP anterior, cuando el Coip permitía una pena de hasta cinco. Cree que al haber su cliente cumplido las dos quintas partes de esa sentencia, que es equivalente al 40% de la pena ya ejecutoriada, Glas puede pedir prelibertad.

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"Se olvidaron, no entendieron o no vieron en el horizonte que al hacer eso le generan a Jorge Glas la posibilidad de solicitar el beneficio penitenciario de la prelibertad, que corresponde o va de la mano del juzgamiento con Código Penal", explicó Salcedo.

Por otros hechos relacionados al caso Odebrecht, Rivera estaría siendo investigado por delitos como cohecho, lavado de activos e incluso, en su momento refirió Quinde, se analizaría la participación de su cliente en un caso abierto en el 2017 y que tendría que ver con un cohecho cometido en la Hidroeléctrica Manduriacu. (I)