La Asamblea Nacional aprobó este 15 de diciembre, el proyecto que reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP), en materia anticorrupción en contratación pública, que según las autoridades económicas del gobierno viabilizaría el segundo desembolso de $2 mil millones por parte del Fondo Monetario Internacional (FMI).

La aprobación de este proyecto de Ley, que pasará a conocimiento del Ejecutivo para su sanción o veto, recibió el respaldo de 127 votos a favor y tres abstenciones del bloque de la Revolución Ciudadana (RC).

.@AsambleaEcuador aprueba proyecto de Ley de reformas al COIP en materia anticorrupción que crea nuevos tipos penales para sancionar la corrupción en contratación pública. Gobierno esperaba esta Ley para nuevos desembolsos por parte del FMI pic.twitter.com/ifjvQLDEOa vía @vicenteopi

En cambio, la votación sobre el proyecto de Ley Extinción de Dominio será tramitado en una sesión extraordinaria, pues se espera un acuerdo entre los jefes de bancada con el presidente de la Comisión de Participación Ciudadana, Raúl Tello (IND), para pulir los textos definitivos. Esas reuniones se realizarían este miércoles 16 y jueves 17 de diciembre, según lo informó el presidente de la legislatura, César Litardo.

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El Presidente de la Asamblea indicó que existe un acuerdo previo entre los bloques legislativos para que una vez que se superen las inquietudes de algunas bancadas respecto de la redacción de los artículos de la Ley de Extinción de Dominio, se someta a votación en el pleno y si se tiene que convocar a una sesión extraordinaria se lo hará, sino en el momento propicio.

Precisó que una es importante que una Ley de esa connotación debe hacerse de manera correcta y eficiente, donde todas las bancadas coincidan en los textos que se aprobarán, anotó.

Con el trámite de la Ley anticorrupción, la Asamblea Nacional cierra la actividad legislativa ordinaria de este 2020, pues a partir de este 16 de diciembre entrará a un receso de sus actividades a nivel del pleno y de las comisiones especializadas permanentes. La vacancia legislativa concluirá el 31 de diciembre próximo y las actividades se reanudarán el 4 de enero de 2021.

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Antes del trámite del proyecto anticorrupción, la Asamblea recibió la certificación ISO 37001 de Gestión Antisoborno de parte de la empresa Aenor Ecuador. El presidente de la legislatura comentó que una vez concluidos los rigurosos procesos y tras la adecuación institucional ante la situación derivada por la pandemia, se cumplió con todos los requisitos que certifican a la institución como un referente nacional y regional que precautela los recursos públicos.

Ley anticorrupción

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Al abrirse el debate sobre la Ley anticorrupción en contratación pública, los asambleístas Mae Montaño (antes de CREO) y Henry Cucalón (PSC) reclamaron al presidente de la Asamblea que convoque a una sesión extraordinaria para votar la Ley de Extinción de Dominio.

Montaño anunció su respaldo a la Ley anticorrupción, pero advirtió que esa ley no tocará al crimen organizado y al narcotráfico, que sostiene a grandes estructuras económicas y que es aliado de muchos corruptos, afirmó.

El presidente de la Comisión de Justicia, José Serrano (AP), al explicar el contenido del proyecto aseguró que, según información oficial, durante la pandemia crecieron considerablemente los delitos relacionados con actos de corrupción, y que solo en el ámbito de la salud entre marzo y mayo de 2020 se registraron sobreprecios de más del 9 000 por ciento.

Esta reforma a más de incluir cambios en el Código Integral Penal crea nuevos tipos penales para combatir la corrupción, como los sobreprecios en contratación pública, la corrupción en el sector privado y la obstrucción a la justicia.

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Se reforman además cinco delitos vigentes en el Ecuador: el peculado, cohecho, concusión, tráfico de influencias y oferta de realizar tráfico de influencias. En cada uno de estos delitos penales, según la reforma, se aplicará el máximo de la pena cuando sean cometidos aprovechándose de una emergencia y un estado de excepción.

Las personas sentenciadas por corrupción en contratación pública no podrán volver a contratar con el Estado de por vida.

Además quedarán inhabilitados de por vida para el desempeño de todo cargo público, todo cargo en entidad financiera o en entidades de la economía popular y solidaria que realicen intermediación financiera, cuando los delitos de corrupción se realicen aprovechándose de una declaratoria de emergencia o estado de excepción.

Se incluye la realización de un informe de pertinencia y favorabilidad emitido por la Contraloría General del Estado de manera obligatoria y urgente como requisito previo a todo proceso de contratación pública, se den estos o no, en el marco de una declaratoria de emergencia o estado de excepción.

La reforma incluye una medida cautelar especial ante la evasión de procedimientos de contratación pública en peculado, pues se otorga la posibilidad al fiscal de solicitar la suspensión de la contratación que se encontrare en curso en cualquiera de sus fases así como la suspensión de pagos que se encuentren en trámite. Pero se deberá contar con informe previo favorable de la Contraloría para que opere esta medida.

Se aclara que la suspensión de esta medida es provisional, y se podrá ordenar su reanudación total o parcial en el momento en que se hayan disuelto los elementos sobre los que se fundaron para imponer esta medida.

Se sanciona a quienes realicen arbitrariamente cualquiera de los procesos de contratación pública con evidente y comprobado sobreprecio al precio ordinario establecido por el mercado y determinado como tal por la Contraloría General del Estado, serán sancionados con pena privativa de libertad de cinco a siete años. También se sanciona a terceros como proveedores del Estado. Será la contraloría la autoridad que determinará mediante un informe. (I)