La Asamblea Nacional debate hoy la ratificación del acuerdo comercial entre Ecuador y Costa Rica firmado el 1 de marzo de 2023 en San José. Así lo recordó Julio José Prado, exministro de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca.

Prado posteó en su cuenta de X este martes 20 de febrero que la negociación de este acuerdo fue “la más eficiente y amistosa que hayan logrado estos dos países en su historia”, al destacar que se negociaron y se cerraron 21 mesas en tan solo 6 meses.

Acuerdo comercial con Costa Rica ya tiene dictamen favorable de la Corte Constitucional

El exministro destacó las gestiones de los presidentes Rodrigo Cháves, de Costa Rica, y su ministro de Comercio Exterior, Manuel Tovar, y de la parte ecuatoriana al expresidente Guillermo Lasso, el ministro Daniel Legarda y la suya dentro de este proceso. “Los equipos técnicos llevaron la negociación de forma muy técnica y pragmática, felicitaciones a nuestro jefe negociador Javier Latorre y a todo el excelente equipo del ministerio”, destacó Prado.

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Sobre el contenido del acuerdo, Prado resaltó que es de alta importancia para la Industria (textiles, madera, confecciones, metal mecánica, alimentos elaborados) y los servicios (software) del Ecuador. Añadió que en cooperación técnica Ecuador tiene mucho que aprender de Costa Rica en inversiones, políticas de clúster, ecoturismo, servicios digitales, etc

Este es el segundo acuerdo comercial firmado en el gobierno de Guillermo Lasso que la presente Asamblea Nacional debate. El primero fue el firmado con China que fue ratificado por el Legislativo el 7 de febrero pasado.

Sin embargo, al igual que el de China, el acuerdo con el país centroamericano no ha estado exento de señalamientos y observaciones que fueron subsanadas por el Ejecutivo. El 31 de julio de 2023 la Corte Constitucional (CC) instó a que se renegocien algunos artículos del acuerdo comercial, por considerar que estos transgreden la normativa establecida en la Constitución.

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Corte Constitucional de Ecuador insta a renegociar algunos artículos del acuerdo comercial con Costa Rica

Entre esas observaciones, la Corte determinó que algunos artículos en el capítulo de Inversión, eran incompatibles con la literalidad del artículo 422 de la Constitución, “por cuanto el Estado ecuatoriano cede jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, toda vez que dichos artículos contemplan la posibilidad de que se solucionen controversias contractuales entre inversionistas, es decir, personas naturales y jurídicas privadas, y Estados, a través de instancias de arbitraje internacional, como el Ciadi”.

En todo caso los señalamientos fueron atendidos y la CC emitió su dictamen favorable definitivo el 14 de diciembre pasado.