Cuando una institución financiera privada (banco) o popular y solidaria (mutualista o cooperativa) entra en liquidación forzosa se activa el seguro de depósitos hasta $ 32.000 y el ciudadano puede recuperar su dinero en quince días.

Las coberturas son distintas: en bancos privados es hasta $ 32.000, igual para cooperativas del segmento 1; mientras que para cooperativas más pequeñas del segmento 2 es hasta $ 11.290; segmento 3, $ 5.000; y segmento 4 y 5, $ 1.000.

¿Cómo funciona el seguro?

  • Para que se pueda pagar el seguro, la Superintendencia de Bancos o la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, según sea el caso, declara en liquidación forzosa a la entidad financiera y designa un liquidador.
  • El liquidador se encarga de realizar un listado de todos los depositantes y la envía a la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados (Cosede).
  • La entidad dispone el pago del Seguro de Depósitos mediante un cronograma, mediante las entidades financieras seleccionadas en todo el país.

Este seguro cubre el dinero de los ciudadanos que se encuentran en: cuentas de ahorros, cuentas corrientes, depósitos a plazo fijo y otras modalidades legalmente aceptadas, de acuerdo con las condiciones establecidas por el Código Orgánico Monetario y Financiero para el pago del Seguro de Depósitos.

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Requisitos para el cobro del seguro

Si usted tiene una cuenta de ahorros y/o depósitos a plazo en una entidad financiera en proceso de liquidación, deberá acercarse personalmente a cualquier ventanilla de su agente pagador, el día que se le asigne, con los siguientes documentos requeridos por el agente pagador para cobrar el seguro de depósitos:

Personas Naturales

  • Ecuatorianos: Original y una copia a color de la cédula de identidad o ciudadanía.
  • Extranjeros: Original y una copia a color del pasaporte.
  • Nota: En caso de que haya renovado el pasaporte, presentar adicionalmente original y una copia a color de la página que contenga los datos de emisión del pasaporte anterior.

Personas Jurídicas

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  • Una copia certificada del nombramiento vigente del representante legal, debidamente inscrito en el Registro Mercantil.
  • Una copia certificada del Registro Único de Contribuyentes (RUC) de la compañía, sociedad o asociación.
  • Original y una copia a color de la cédula de ciudadanía del representante legal de la misma.
  • Nota: De tratarse de representantes legales extranjeros se deberá adjuntar original y una copia a color de la página que contenga los datos de emisión del pasaporte vigente.

Consulta Beneficiarios: Seguro Depósitos

Para consultar si es beneficiario del Seguro de Depósitos debe digitar en este link (https://www.cosede.gob.ec/consulta-beneficiarios-seguro-depositos/) el número de identificación que desea consultar, sea este: número de cédula de ciudadanía (C), número de documento nacional de identidad (D), número de pasaporte (P) o número de RUC (R).

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A continuación, el sistema realizará una búsqueda en la base de datos que reposa en la Cosede respecto a la información proporcionada por los liquidadores y verificará el estado del mismo, sea este: pagado, pendiente, inactivo o excluido; o, en su defecto, aparecerá un mensaje que no consta en la base de datos. (I)