Los productos con las etiquetas con el impuesto al valor agregado (IVA) del 12 % podrán mantenerse hasta agotar su inventario, aunque hay un plazo máximo, de hasta 180 días, que serán contados a partir del 1 de abril. Así lo establece el Acuerdo Ministerial n.° MPCEIP-MPCEIP-2024-0038 emitido por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca.