Un juez de la provincia del Cañar sentenció a cinco años de pena privativa de libertad a Eddy Oswaldo L. tras ser acusado como autor del abuso sexual cometido a su nieta de 9 años de edad.

A Eddy Oswaldo L. se le ordenó pagar el monto de $ 4.500 como parte de la reparación integral a la víctima.

Debido a la jurisdicción del lugar donde se produjo el suceso, el caso fue sorteado a la Fiscalía Multicompetente de La Troncal n.º 2.

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Allí se confirmó que para precautelar la integridad física, social y psicológica de la menor de edad se la inscribió al Sistema de Protección y Asistencia a Víctimas y Testigos (Spavt).

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Una vez que llegó la fecha de la audiencia de formulación de cargos en la sala se presentaron varios documentos.

Entre ellos figuraban los testimonios de la madre y de la víctima, los informes de los peritos que realizaron las valoraciones de entorno social y psicológica a la afectada, la investigación y el reconocimiento del lugar de los hechos elaborados por la Policía del cantón.

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Entre los documentos expuestos en la sala el juez pudo confirmar que Eddy Oswaldo L., de 79 años, aprovechaba la ausencia de los padres de la menor, quienes se iban a trabajar, para consumar el delito.

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Según versiones de la Fiscalía, el delito se habría repetido en varias ocasiones durante el 2018.

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La sentencia del juez se vio respaldada en el artículo 170, inciso 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), por el cual se sanciona con pena privativa de libertad de cinco a siete años a las personas que hayan cometido delitos relacionados al abuso sexual. (I)