Juan Eduardo E. Z., exjuez de Manta, será procesado por el delito de prevaricato al ordenar devolver los bienes a la familia a Adolfo Macías, alias Fito, cabecilla de Los Choneros.

La Fiscalía Provincial de Pichincha inició una instrucción fiscal de noventa días por el delito de prevaricato contra el exjuez.

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Al exjuez se lo investigaba por la devolución de bienes a la familia de alias Fito en el contexto de un proceso por lavado de activos, enriquecimiento ilícito y defraudación tributaria que la Fiscalía llevó adelante en esa Judicatura, en 2020.

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En diciembre de 2020, Juan Eduardo E. Z. dictó auto de sobreseimiento a favor de cinco familiares de alias Fito –entre ellos Inda Mariela P. T. (esposa)– y dos empresas. También ordenó que se levante la incautación y prohibición de enajenar que pesaba sobre varios vehículos e inmuebles.

Tras conocerse ese fallo, el fiscal que llevó la causa presentó un recurso de apelación a la decisión del juez de primera instancia.

Durante la audiencia de formulación de cargos contra el exjuez, el fiscal provincial de Pichincha, Hernán Flores, presentó 21 elementos de convicción ante la presidenta de la Corte Provincial de Justicia de Manabí.

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La jueza que tiene el caso ordenó arresto domiciliario para el exjuez debido a que tiene 65 años de edad (adulto mayor) y dispuso la prohibición de enajenar sus bienes.

La Fiscalía indicó que esta causa se procesa con base en el artículo 268 del #COIP, por el delito de prevaricato (de las o los jueces o árbitros).

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Este artículo indica: “Las o los miembros de la carrera judicial jurisdiccional; las o los árbitros en derecho que fallen contra Ley expresa, en perjuicio de una de las partes; procedan contra Ley expresa, haciendo lo que prohíbe o dejando de hacer lo que manda, en la sustanciación de las causas o conozcan causas en las que patrocinaron a una de las partes como abogadas o abogados, procuradoras o procuradores, serán sancionados con pena privativa de libertad de cinco a siete años y multa de veinte a treinta salarios básicos unificados del trabajador en general”.

Además se establece que se impondrá además la inhabilitación para el ejercicio de la profesión u oficio por doce meses. (I)