En la actualidad los viajes están a gran alcance y muchas personas viajan incluso con sus perros y gatos. Estos compañeros peludos deben cumplir una serie de requisitos antes de empezar a hacer maletas.

La Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario (Agrocalidad) detalla que para la salida de animales de compañía desde nuestro país, se debe obtener el certificado zoosanitario de exportación.

Pero previo a la obtención de ese certificado, el responsable de la mascota debe consultar los requisitos zoosanitarios solicitados por el país destino, la guía para buscar requisitos sanitarios para salida de mascotas, y las disposiciones de las aerolíneas para el transporte de los animales.

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Para tramitar el certificado zoosanitario, deberá acercarse a la oficina de Agrocalidad más cercana y presentar los siguientes requisitos:

  • Carnet de vacunas original. Debe incluir fechas y vacunas aplicadas y también las fechas de las desparasitaciones internas y externas.
  • Certificado de salud de la mascota original, con una vigencia de 10 días desde su emisión, firmado y sellado por un médico veterinario registrado en la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt). En este debe constar la información de la inspección clínica de los animales acorde a las exigencias establecidas por los requisitos del país de destino. El médico veterinario debe realizarlo según el modelo de certificado de salud animal.
  • Comprobante de depósito de $26,93 dólares por animal.

Cuando los animales salen a la Unión Europea, es necesario el examen de titulación de anticuerpos antirrábicos realizado por un laboratorio autorizado. Además deberá completar el formulario Modelo de certificado zoosanitario para los desplazamientos sin ánimo comercial de perros, gatos o hurones a Estados miembros desde un territorio o tercer país, el cual deberá ser llenado por un médico veterinario y verificado, firmado y sellado por un funcionario de Agrocalidad.

Si las mascotas salen para países como Panamá y Venezuela tienen que apostillarse en las respectivas embajadas, para ello se deberá tomar en cuenta el tiempo en que la Cancillería asigne el turno para el apostillamiento.

En caso de que el destino sea EE. UU., tendrá que presentar el Permiso de importación de mascotas, otorgado por los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC) de ese país, o puede realizar sus consultas enviando un email a CDCanimalimports@cdc.gov. El permiso de importación se deberá tramitar al menos 30 días hábiles antes de la fecha en que tenga previsto el ingreso a EE. UU.

Los CDC de EE. UU. no emiten permisos de importación al momento de la llegada. A los perros que lleguen sin aprobación escrita de los CDC emitida por anticipado se les negará la entrada, serán devueltos al país de procedencia y los gastos correrán por cuenta del importador.

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Para el caso de animales de compañía que retornen a México y se encuentren dentro del programa de viajero frecuente, deberán: verificar en su cartilla de viajero frecuente que la vacunación de rabia este vigente y las desparasitaciones externas e internas no pasen seis meses de haber sido colocadas. En caso de que todo este bien con mencionadas fechas, será suficiente con tu cartilla de viajero frecuente para ingresar a México.

Para el caso de animales de compañía que viajen a Chile deberán llevar a sus animales para inspección previa al embarque para cumplir con la exigencia de la Autoridad Veterinaria de Chile, la cual detalla que “Al momento del embarque, el animal no evidenció signos de enfermedades infecciosas transmisibles ni parasitarias”.

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Como resultado si su solicitud es aprobada le entregarán un “Comprobante de solicitud”, documento que le servirá para canjear previo a su embarque por el certificado zoosanitario de exportación en el punto de control fronterizo (aeropuertos, puertos o pasos fronterizos) por el cual saldrá del país. (I)

Requisitos específicos de exportación de mascotas por país: