En Ecuador, a través de la Ley de Solidaridad, se vuelve a la palestra la fijación de una tabla de la tenencia o posesión de sustancias estupefacientes.
El fin de semana, en la Asamblea Nacional se aprobó en segundo debate el proyecto de ley urgente para desarticular la economía criminal vinculada al conflicto interno, denominada Ley de Solidaridad Nacional.
La Asamblea aprobó esta ley con 84 votos a favor con respaldo del bloque de Acción Democrática Nacional, Partido Social Cristiano y parte del bloque de Pachakutik.
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En Ecuador, en noviembre de 2023, el presidente Daniel Noboa dispuso que se derogue la denominada tabla de consumo de drogas vía la resolución 001-Consep-CD-2013 y sus reformas. Aquello fue una promesa de campaña.
Esta tabla se había establecido en el 2013 para diferenciar a los consumidores de los traficantes de droga, durante el gobierno del expresidiente Rafael Correa.
La tabla de cantidad de sustancias estupefacientes y psicotrópicas para sancionar el tráfico ilícito estaba regida por medio de Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (Consep).
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Esta tabla era parte de la Resolución 001-CO-2013 de la extinta entidad.
En esa tabla se marcaban “gramajes máximos” que pueden portar una persona consumidora de sustancias estupefacientes sin que se la considere traficante.
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La entidad regía la política de drogas en el país anteriormente, luego fue reemplazada por la Secretaría Técnica de Drogas (Seted); y, durante el gobierno de Lenín Moreno, ese organismo se eliminó y fue absorbido por el Ministerio de Gobierno.
Según la resolución, se recomendaba cantidades máximas admisibles para la tenencia de marihuana, pasta base de cocaína, clorhidrato de cocaína, heroína, anfetaminas, entre otras.
Aquello, en ese entonces, se puso en conocimiento de la Función Judicial al estudio elaborado por el Ministerio de Salud Pública, a fin de dotar elementos de análisis y guiar a su accionar para el cumplimiento de la norma constitucional de no criminalización al consumo.
Además se dispuso disponer la incorporación dentro del nuevo plan nacional de prevención integral de droga de los resultados del análisis técnico de toxicidad, estudios psicológicos, biológicos y otros necesarios sobre la tenencia de sustancias estupefacientes y psicotrópicas para el consumo personal.
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Ahora, en el cuerpo legal de la Ley de Solidaridad se vuelve a retomar el tema con “parámetros” ya no por gramajes.
Entre las regulaciones se estipula la sexta disposición reformatoria que busca reformar el artículo 228 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) para establecer parámetros para determinar el uso o consumo personal de drogas.
En el texto se establece que los parámetros para determinar la tenencia o posesión de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan destinadas al consumo personal.
Aquello se determinará y actualizará mediante una resolución conjunta entre el Ministerio de Salud Pública, Fiscalía y Consejo de la Judicatura.
Sobre estas dos últimas entidades no se especifica quiénes serán parte de la mesa.
Entre asambleístas se ha expuesto la necesidad de diferenciar al consumidor y del traficante de droga.
En su exposición, en el segundo debate, Valentina Centeno, presidenta de la Comisión de Desarrollo Económico (CAL), expuso detalles generales del plan de la ley y enfatizó que a partir de la aprobación no se acabará el crimen organizado, pero sí se da un paso firme para combatirlo y dar un mensaje claro de respaldo a las fuerzas del orden, así como a la justicia a la cual hizo un llamado en alinearse en la lucha contra el terrorismo y crimen organizado. (I)